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Habiéndose advertido error en la Disposición Adicional 1. del Decreto de referencia, procede sustituir el texto de la misma por el siguiente:
A los efectos previstos en este Decreto para la determinación del puesto principal, a falta de opción, se estará al orden de prioridad previsto en las Disposiciones Transitorias de la Ley 53/1984.
Sevilla, 27 de marzo de 1985
Descargar PDFBOJA nº 34 de 13/04/1985