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La Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 21 de febrero de 1985 (BOE de 27.2.1985), establece las bases generales para el establecimiento de Convenio de Colaboración entre el Instituto Nacional de Empleo con Comunidades Autónomas, para la realización de obras y servicios por trabajadores desempleados.
Siendo objetivo común la ejecución de una política dirigida a la creación de empleo es preciso posibilitar el establecimiento de un Acuerdo de Colaboración entre la Comunidad Autónoma y el referido Organismo. Por todo ello, a propuesta del Consejero de Trabajo y Seguridad Social, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su sesión del día 17 de abril de 1985,
ACUERDO:
Artículo único. Autorizar al Excmo. Sr. D. Joaquín J. Galán Pérez, Consejero de Trabajo y Seguridad Social, para firmar en nombre y representación de la Junta de Andalucía, un Convenio de Colaboración con el Instituto Andaluz de Empleo, para la financiación y ejecución de obras y servicios, que son competencias de la Comunidad Autónoma, con trabajadores desempleados.
Sevilla, 17 de abril de 1985
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JOAQUIN J. GALAN PEREZ
Consejero de Trabajo y Seguridad Social
Descargar PDFBOJA nº 50 de 21/05/1985