Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 09/08/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 23 de julio de 1985, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Corporaciones Locales.

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La Consejería de Gobernación, de acuerdo con su programa de coordinación y asesoramiento a las Corporaciones Locales establecido en su presupuesto, aplicación 11.01.451, y siempre dentro de los limites presupuestarios señalados en el mismo, estima adecuado regular el procedimiento de concesión de subvenciones para actividades e iniciativas de las Corporaciones Locales mediante el establecimiento de los requisitos y condiciones que esta disposición establece.

Primera. Es objeto de la presente Orden subvencionar aquellos gastos de las Corporaciones Locales que no comporten inversión y respondan a las iniciativas o actividades siguientes: Actividad derivada de servicios u obras que atiendan intereses de carácter supramunicipal.

Mantenimiento de obras y servicios de carácter específico que respondan a iniciativas de especial interés en el Municipio. Iniciativas locales que conlleven prestaciones de servicios de amplio interés para su implantación en otros Municipios de la Comunidad Autónoma.

Iniciativas o actividades que estén relacionadas directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación.

Segunda. Las solicitudes de subvención se dirigirán a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía y deberán ir acompañadas de Memoria explicativa sobre la iniciativa o actividad a realizar de conformidad con algunos de los objetivos señalados anteriormente así como justificación económica del costo de la misma.

Tercera. Una vez concedida la subvención, que en todo caso tendrá carácter discrecional, la Corporación Local deberá expedir certificado de haber ingresado el importe en sus presupuestos para la finalidad concedida. La Consejería de Gobernación se reserva la posibilidad de poder requerir a las Corporaciones cuanta documentación sea necesaria a efectos de comprobar la realización de la misma.

Sevilla, 23 de julio de 1985

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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