Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 25/11/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 8 de octubre de 1986, de la Dirección General de Política Agroalimentaria y Agricultura Asociativa, por la que se acuerda la concesión de una subvención para la instalación de un Centro de pasterización de leche y fábrica de queso a la SAT núm. 5.434, Lactoganadera de Guillena, en Guillena (Sevilla).

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De acuerdo con el Decreto 332/1984 de 26 de diciembre (BOJA de 7 de marzo de 1985 de 1985) correspondiente al Plan de Actuaciones en el Sector Lácteo (Comercialización e Industrialización) previo examen de la documentación presentada por la S.A.T. nº 5434 "Lactoganadera de Guillena" en la que se solicita una subvención para la instalación de un centro de pasterización de la leche y fábrica de queso y previos los trámites oportunos, en uso de las facultades conferidas por dicho Decreto, se resuelve lo siguiente:

1º. Se concede a la S.A.T. nº 5434 "Lactoganadera de Guillena" una subvención de seis millones novecientas nueve mil trescientas diez pesetas (6.909.310 ptas) correspondiente a un porcentaje del 30% sobre una inversión fija aprobada de veintitres millones treinta y una mil treinta y cuatro pesetas (23.031.034 ptas) siendo esta cifra el resultado de restar de la inversión prevista de treinta y cinco millones ochocientas cincuenta y seis mil ciento ochenta y nueve pesetas (35.856.189 ptas) las cantidades correspondientes a:

Fábrica de pienso: 12.825.155 ptas.

2º. La entrega de la subvención se efectuará de la siguiente forma:

a) Hasta el 75% de la subvención a la solicitud del beneficiario, mediante presentación de certificaciones, como mínimo mensuales, suscritas por el director de las obras.

b) El 25% restante al finalizar las inversiones y tras la presentación de la certificación correspondiente.

3º. La concesión de estas ayudas queda supeditada al cumplimiento por parte de la empresa de las siguientes condiciones: a) Las generales que le sean de aploicación del Decreto 332/84 de 26 de diciembre (BOJA de 7 de marzo de 1985) incluida la presentación de una auditoría externa durante las cinco primeras campañas. b) Facilitar a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía las funciones de inspección con respecto a la ejecución del proyecto de inversión y proporcionar información sobre el mismo, hasta dos años antes de concluído.

c) Efectuar las inversiones aprobadas de acuerdo con el proyecto presentado.

d) Haber iniciado las inversiones dentro del año 1985, asi como finalizar las mismas dentro de los 18 meses siguientes a la publicación en el BOJA de la Resolución de Aprobación. e) La actividad principal del proyecto aprobado consistirá en la pasterización de 6.000 litros de leche y fabricación de 400 Kgs. de queso al día.

4º. La aceptación de las condiciones generales y específicas no exime a la empresa de obtener las autorizaciones administrativas, que para la instalación o ampliación de ampliación de la industria exijan las disposiciones legales vigentes, así como el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Administración competente.

En el plazo de 15 días a partir de la recepción deberá aceptarla en todos sus términos, entendiéndose en otro caso que se desliga del correspondiente compromiso con la Administración.

Sevilla, 8 de octubre de 1986.- El Director General, Victor Oliver Mora.

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