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La creación de nuevos puestos escolares originados por las inversiones efectuadas en la Consejería de Educación y Ciencia derivadas de programas específicos de extensión educativa, requieren un aumento de las dotaciones de profesorado de los diferentes cuerpos docentes, asi como un incremento de las dotaciones de personal de apoyo a la docencia tal como el nombrado para sustituciones personal de administración y personal laboral. Por ello a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, a instancia de la Educación y Ciencia, con informe favorable de la Consejería de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 24 de noviembre de 1986,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Se amplian las plantillas en la Comunidad Autónoma de Andalucía de los Cuerpos Docentes.
Artículo 2. Se incrementan las dotaciones presupuestarias de profesorado especial, de apoyo a la docencia, (sustituciones), personal de administración y personal, con asimilación a los cuerpos.
Artículo 3. La provisión de las plazas que se crean en los artículos anteriores se efectuaran de acuerdo a lo establecido en las disposiciones vigentes y la dotación de las mismas se realizará con efectos de 1º de octubre de 1986, con excepción de la ampliación correspondiente al cuerpo de profesores de E.G.B. y personal laboral de los grupos I y II cuyos efectos serán de 1º de septiembre del mismo año.
Artículo 4. La Consejería de Educación y Ciencia y la Consejería de Economía y Hacienda instrumentarán los medios necesarios para el cumplimiento del presente Decreto.
DISPOSICION FINAL
Unica. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 24 de noviembre de 1986
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE MIGUEL SALINAS MOYA
Consejero de Economía y Hacienda
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