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Ilmos. Sres.:
Siendo objetivo prioritario de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la atención en materia de vivienda a las capas más desasistidas, objetivo que ha de conseguirse por medio de una gestión coordinada con las Corporaciones Locales. A la vista de la solicitud de subvención del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla), para la construcción de quince viviendas en la localidad, y en virtud de las facultades que confiere el art. 10 de la Ley
5/1983 de 19 de julio y el art. 15 de la Ley 9/1985 de 28 de diciembre, esta Consejería ha dispuesto:
Primero: Conceder al Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla) una subvención de quince millones de pesetas (15.000.000 ptas.) Para la construcción de las citadas quince viviendas.
Segundo: La subvención se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.19.761.00.
Tercero: La subvención se efectuará conforme al grado de realización de las obras, con arreglo a los siguientes hitos y porcentajes: 20% a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la concesión de la subvención.
25% contra la presentación y comprobación de la certificación correspondiente a la salida de cimientos. 45% contra la presentación y comprobación de la certificación correspondiente a la terminación de albañilería e instalaciones. 10% contra la presentación y comprobación de la certificación correspondiente al final de las obras.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 19 de noviembre de 1986
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.
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