Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 04/03/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Transportes

ACUERDO de 18 de diciembre de 1985, del Consejo de Gobierno por el que se autoriza la formalización de un Convenio de colaboración entre la Consejería y la Institución Ferial Armilla-Granada, para la construcción de un nuevo Pabellón de Exposiciones.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Institución Ferial Arnilla-Granada tiene entre sus objetivos la construcción de un nuevo Pabellón de Exposiciones en el Recinto Ferial de Santa Juliana, en Arnilla-Granada, que se denominará Pabellón nº. 2. Dado su interés general, es aconsejable el apoyo financiero de la Junta de Andalucía a la misma, lo que se propone se realice mediante la adecuada transferencia de capital a dicha Institución. En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de diciembre de 1985 adopta el siguiente:

ACUERDO

Artículo Unico. Se autoriza a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes para celebrar un convenio con la Institución Ferial Arnilla- Granada para la construcción de un nuevo Pabellón de Exposiciones, con arreglo al texto que se adjunta.

Sevilla, 18 de diciembre de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN MANUEL CASTILLO MANZANO

Consejero de Turismo, Comercio y Transportes

ANEXO

En Sevilla, a de diciembre de 1985

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Señor Don Juan Manuel Castillos Manzano, Consejero de Turismo, Comercio y Transportes de la Junta de Andalucía.

Y de otra, Don Francisco José Rodríguez Ríos, que interviene en calidad de Presidente de la Institución Ferial Arnilla-Granada (IFA-GRA).

EXPONEN:

A). Que la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes ejerce, a través de la Dirección General de Comercio, las competencias en materia de ordenación y promoción de la actividad ferial en Andalucía.

B). Que la Institución Ferial de Armilla-Granada, según consta en sus Estatutos aprobados por orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes de fecha 6 de agosto de 1984 (BOJA núm. 77), tiene entre sus objetivos de actuación, la realización y gestión, de toda clase de obras relacionadas con los certámenes feriales, así como el mantenimiento y conservación del patrimonio de la Institución, derivada de las mismas.

C). Que IFAGRA, según Acuerdo de fecha de 17 de diciembre de 1985, pone a disposición de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes de la Junta de Andalucía una extensión superficial de 3.000 m/2 sita en el recinto ferial de Armilla, al objeto de que se construya un nuevo Pabellón de Exposiciones que se denominará Pabellón n.2.

D). Que la citada ampliación del Recinto Ferial se realizará conforme al proyecto que ha sido presentado a la consideración de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, cuya ejecución supone una inversión total de 59.545.488 pesetas.

E). Que la potenciación del área Granada-Armilla para zona de Congresos y Exposiciones, concretada en la próxima realización del Palacio de Congresos de Granada hace necesaria la ampliación del Recinto Ferial.

Por todo ello,

ACUERDAN

Primero. Por la Institución Ferial Armilla-Granada se construirá en el Recinto Ferial de Santa Juliana, en Armilla, una nave de exposiciones, según la Memoria y el Presupuesto que se acompañan al presente Convenio, por un importe mínimo de 59.545.488 pesetas, y un plazo máximo de ejecución de 6 meses, en los terrenos mencionados en el apartado C) anterior.

Segundo. La Consejería de Turismo, Comercio y Transportes aportará para este fin la cantidad de 40.000.000 pesetas, con cargo a los créditos presupuestarios consignados para infraestructura ferial en el Fondo de Compensación Interterritorial del ejercicio 1984, concepto 17.19.757. Esta aportación, materializada en transferencia de capital a la Institución Ferial IFAGRA; se hará efectiva a medida en que ésta someta a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes las oportunas certificaciones de obras, que deberán ser informadas favorablemente por los Servicios Técnicos de la Consejería.

Tercero. IFAGRA se compromete a que la primera de las certificaciones se emita en un plazo no superior a 45 días a contar de la fecha del presente Convenio.

Cuarto. IFAGRA se compromete a ejecutar, con fondos propios o de terceros, las inversiones necesarias para completar la realización de la Nave de Exposiciones, objeto del presente Convenio.

Quinto. La validez del presente Convenio, esta condicionada a su ratificación por el Consejo de Gobierno y por el correspondiente órgano de la Institución Ferial IFAGRA.

Sexto. El incumplimiento de las anteriores estipulaciones producirá automáticamente la revisión total del presente convenio, pudiendo dar lugar a la rescisión del mismo.

En prueba de conformidad, firman las partes reseñadas en la ciudad y fecha al principio indicadas.- Juan Manuel Castillo Manzano, Consejero de Turismo, Comercio y Transportes de la Junta de Andalucía.- Francisco J. Rodríguez Ríos, Presidente de la Institución Ferial Armilla-Granada.

Descargar PDF