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Asumidas las competencias que determina el Decreto 101/1985, de 15 de mayo por el Consejo Andaluz de Deportes Universitario y a tenor de lo dispuesto en la Orden sobre Régimen de Funcionamiento de este Organismo, y la Orden por la que se convocan los Juegos Deportivos Universitarios de Andalucía, y para asegurar eficazmente "las tareas de coordinación de las actividades deportivas que se realicen en las Universidades ubicadas en su territorio", artículo 2º. del Real Decreto 2069/1985.
HE RESUELTO
Primero.
Se crea la Comisión Técnica del Consejo Andaluz del Deporte Universitario.
Segundo.
A) Son competencias de la Comisión Técnica del Consejo Andaluz de Deporte Universitario:
Ejecutar las actuaciones aprobadas por el Consejo Andaluz de Deporte Universitario.
Programar y coordinar los Juegos Deportivos Universitarios de Andalucía. Prestar el debido apoyo técnico y asesoramiento para el funcionamiento de los Juegos Deportivos Universitarios de Andalucía. Proponer al Consejo Andaluz del Deporte Universitario las Fases finales de los Juegos.
Contribuir a la organización de las competiciones del programa de Promoción Interuniversitario, que convoque el Consejo Superior de Deportes.
Coordinar con las Federaciones Deportivas la selección de la representación universitaria andaluza en aquellas modalidades que lo requieran.
Constituirse en Comité Andaluz de Disciplina Deportiva de los Juegos Deportivos Universitarios de Andalucía, para resolver contra las sanciones impuestas por los Comités Intrauniversitarios. Cualesquiera otras que le atribuya el Consejo Andaluz del Deporte Universitario.
B) La Comisión Técnica del Consejo Andaluz del Deporte Universitario, se compone de los siguientes miembros:
Presidente: El Jefe del Servicio de Deportes de la Consejería de Cultura.
Vicepresidente: El jefe del Servicio de Coordinación Universitaria de la Consejería de Educación y Ciencia.
Secretario: El Jefe de Sección de Formación de la Consejería de Cultura.
Vocales:
El Jefe de Sección de Extensión Universitaria de la Consejería de Educación y Ciencia.
El Jefe de Sección de Programación de Instalaciones Deportivas de la Consejería de Cultura
Un asesor jurídico.
Un licenciado de Educación Física por cada una de las 5 Universidades, representante de la estructura organizativa de Educación Físico-Deportiva de cada una de ellas.
Aquellas Universidades que carezcan de Licenciado en Educación Física serán transitoriamente representadas por el Director del Secretariado de Deportes.
Sevilla, 21 de febrero de 1986
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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