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Las orientaciones pedagógicas para la Educación permanente de Adultos a nivel básico, aprobadas por Orden de 14 de febrero de 1974 (Boletín Oficial del Estado de 5 de marzo), establecían un procedimiento de evaluación en el que se incluía la prueba final que debe contener elementos de todas las áreas educativas.
El desarrollo de procedimiento de evaluación continua ha demostrado una mayor consistencia para el conocimiento de los logros en los objetivos por parte de los adultos.
Habiéndose suprimido la prueba final por el Ministerio de Educación y Ciencia por Orden de 21 de noviembre de 1985 (Boletín Oficial del Estado de 3 de diciembre de 1985) y suprimida la prueba en los centros públicos y municipales en la Comunidad Autónoma por Orden de 28 de febrero de
1986 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11 de marzo) esta Consejería de Educación y Ciencia dispone:
Primero. Suprimir la prueba final en los centros privados autorizados que se aplicaba al finalizar el Tercer Ciclo de Educación de Adultos.
Segundo. Se aplicará en los Centros privados de Educación de Adultos las condiciones expresadas en los artículos quinto, sexto y séptimo de la Orden de 28 de febrero de 1986.
Tercero. Las Juntas Provinciales bajo la presidencia del Delegado Provincial pondrán los medios necesarios que garanticen la aplicación correcta de la evaluación continua.
Cuarto. Se autoriza a la Dirección General de Promoción Educativa y Renovación pedagógica a dictar cuantas normas sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.
Sevilla, 29 de abril de 1986
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Educación y Ciencia
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