Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 19/6/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía e Industria

RESOLUCION de 5 de junio de 1986, de la Delegación Provincial de Jaén autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica y la autorización en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el Capítulo III del Decreto

2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24.11.1939.

Esta Delegación Provincial, ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas son las siguientes: Finalidad de la instalación: Reforma de línea existente a 25 KV. que derivará de línea de circunvalación de Linares y llegará en su 1a fase hasta un futuro centro de seccionamiento en el término de Jabalquinto, ampliando su capacidad de transporte y mejorando la calidad del servicio en la zona.

LINEA ELECTRICA

Origen: Línea de circunvalación (Subestación Linares-Caseta Venta Quemada).

Final: Futuro centro de seccionamiento en el término municipal de Jabalquinto.

Términos municipales afectados: Linares y Jabalquinto. Tipo:^Aérea en simple y doble circuito.

Longitud en Km.: de 11,018 en simple circuito y 0,190 en doble circuito. Tensión de servicio: 25 KV. Conductores: Al-ac. de 54,6 mm2. Apoyos: Metálicos.

Aisladores: De tipo suspendido con cadena de 3 elementos. Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto, pesetas: 18.691.615.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 de 20 de octubre.

Jaén, 5 de junio de 1986.- El Delegado, José Gutiérrez Millán.

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