Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 28/7/1986

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud y Consumo

RESOLUCION de 7 de julio de 1986, de la Secretaría General Técnica, por la que se rectifican los errores padecidos en la publicación de la Resolución de 11 de junio de 1986, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal facultativo en los Servicios Jerarquizados de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social en Andalucía.

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En las bases de la convocatoria y en los Anexos de la citada Resolución de 11 de junio de 1986, publicada en el BOJA núm. 59, de 19 de junio de

1986, se mantienen una serie de errores y omisiones que no se infieren de la lectura del texto y que pueden suponer una modificación del contenido de la misma, de tal forma que procede salvar aquéllos mediante disposición del mismo rango, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 205/1983, de 5 de octubre.

En consecuencia, esta Secretaría General Técnica de Trabajo ha resuelto:

Primero. Corregir los errores padecidos en las bases de la convocatoria en los términos que a continuación se indican:

En la página 2.136, base 1.3, donde dice: "...se expecifican en el Anexo III..."; debe decir: "...se especifican en el Anexo II...".

En la página 2.136, base 1.6, donde dice: "...y, en lo previsto en la misma..."; debe decir: "...y, en lo no previsto en la misma...".

En la página 2.136, base 2.A)2., donde dice: "...cuyo detalle obra en el Anexo III"; debe decir: "...cuyo detalle obra en el Anexo II".

En la página 2.136, base 2.A).6., donde dice: "...Ingresar los derechos de concurso, que serán de 2.000 ptas. por cada plaza a la que se concurra en la forma prevista en la base 3.5."; debe decir: "Ingresar los derechos de concurso, que serán de 2.000 ptas., en la forma prevista en la base

3.7".

En la página 2.136, base 3.1., donde dice: "...deberán formular la oportuna solicitud por cada plaza a la que se concurse según modelo..."; debe decir: "...deberán formular la oportuna solicitud según modelo...".

En la página 2.136, base 3.6., donde dice: "Se presentará una instancia, con su correspondiente documentación, por cada una de las plazas solicitadas"; debe decir: "... Los aspirantes sólo podrán concurrir a uno de los turnos indicados en las bases 1.1.a) y 1.1.b), circunstancia que habrán de hacer constar en la solicitud. Si no formulasen opción, se entenderá referida al turno libre".

En la página 2.137, base 6.1.2.b), donde dice: "...por la Comisión de la Especialidad por la Sociedad Científica..."; debe decir: "...por la Comisión de la Especialidad o por la Sociedad Científica...".

En la página 2.137, base 7.4, donde dice: "...se ajustarán al baremo que se incluye como Anexo II a la presente Resolución"; debe decir: "...se ajustarán al baremo establecido en el artículo 4º del Real Decreto

2.166/1984".

En la página 2.137, base 9.1., donde dice: "...al turno restringido y otra de al turno libre..."; debe decir: "...al turno restringido y otra al turno libre...".

En la página 2.137, base 9.3, donde dice: "...se procederá a la elevación de las mismas..."; debe decir: "...se procederá a la elección de las mismas...".

Segundo. Publicar, íntegramente la relación de plazas de Facultativos Especialistas en el turno libre, contenido en el Anexo II Continuación de la Resolución de 11 de junio de 1986.

Sevilla, 7 de julio de 1986.- El Secretario General Técnico. Norberto Sanfrutos Velázquez.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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