Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 28/7/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 9 de julio de 1986, del Consejo de Gobierno, sobre subvenciones a las operaciones de crédito de diversos ayuntamientos con el Banco de Crédito Local para el pago de la aportación municipal al convenio con el INEM dentro del Plan de Empleo Rural 1985.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de julio de 1986, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 98/1985, de 15 de mayo, por el que se regula la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a los Ayuntamientos que durante el ejercicio 1985 contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España para la financiación de las obras incluidas en su conciertos con el I.N.E.M. y afectas al P.E.R.

ACUERDA

Primero. Subvencionar las operaciones de crédito concertadas con el Banco de Crédito Local para el pago de la aportación municipal al Convenio con el I.N.E.M. dentro del Plan de Empleo Rural para 1985, por un período de amortización de quince años (uno de carencia y catorce de amortización) y un interés y comisión anual del 11,90 por cien, por los Ayuntamientos y cuantías que a continuación se detalla.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Segundo. Subvencionar las operaciones de crédito concertadas con el Banco de Crédito Local para el pago de la aportación municipal al convenio con el I.N.E.M. dentro del Plan de Empleo Rural 1985, por un período de amortización de catorce años (uno de carencia y trece de amortización) y un interés y comisión anual del 11,65 por cien, por los Ayuntamientos y cuantías que a continuación se detallan.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Tercero. Autorizar a la Consejería de Gobernación para la formalización con cada uno de los Ayuntamientos del correspondiente Convenio de cooperación, en el que deberán especificarse las anualidades completas por intereses, comisión y amortización, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1º y 2º.

Sevilla, 9 de julio de 1986

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF