Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 30/7/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 15 de julio de 1986, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Tíjola (Almería) para adoptar su Escudo Heráldico municipal.

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El Ayuntamiento de Tíjola (Almería) ha estimado oportuno adoptar su Escudo Heráldico a fin de perpetuar en él los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó para su definitiva aprobación el correspondiente proyecto y memoria descriptiva del mismo.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. La Real Academia de la Historia emitió dictamen en sentido favorable. En su virtud y considerando las facultades que me confiere el artículo único del Decreto 14/1984, de 18 de enero, en relación con la norma 3.1 de las aprobadas por el Real Decreto 3315/1983, de 20 de julio, de la Presidencia del Gobierno:

D I S P O N G O

Artículo 1º. Se autoriza al Ilmo. Ayuntamiento de Tíjola (Almería) para adoptar su Escudo Heráldico, que quedará organizado en la forma siguiente, de acuerdo con el dictamen de la Real Academia de la Historia: Escudo rectangular en proporción de 56 redondeado inferiormente por una semicircunferencia, en campo de sinople, un castillo de oro, mazonado de sable y aclarado de gules, acompañado en Jefe de dos calderas jaqueladas de oro y sable; en punta ondas de plata y azur, al timbre, corona real cerrada.

Artículo 2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Tíjola (Almería).

Artículo 3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de julio de 1986

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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