Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 5/8/1986

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA.GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

ANUNCIO sobre contratación (PP.348/86).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de abril de 1986, acordó convocar concurso público para la elección del Proyecto Básico, adjudicación del contrato de obras y gestión del servicio público denominado Plaza de Toros de Torremolinos. De conformidad con el art. 123.1 del R.D. Legislativo 781/1986 de 18 de abril, y art. 25 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, se anuncia el siguiente concurso, cuyo extracto a continuación se transcribe.

I. Objeto.

El objeto del presente concurso es la elección del Proyecto Básico, la adjudicación del contrato de obras y subsiguiente gestión del Servicio Público denominado Plaza de Toros de Torremolinos (Málaga), sobre terrenos de propiedad municipal sitos en la finca Molino del Moro.

II. Características y documentos mínimos del proyecto. 1. El Proyecto Básico será presentado por cada uno de los concursantes que concurran a la licitación.

2. El Proyecto contendrá como mínimo el siguiente programa: Capacidad de localidades con un mínimo de 4.000 personas. Anejo al coso taurino se dispondrá: Capilla, administración, guardería, portería, sala de despiece de reses, enfermería, corrales, patio de caballos, diez chiqueros, servicios de señoras y caballeros, tapillas para sol y sombra.

Solución de conjunto en concordancia con las características estéticas convenientes para la función que ha de cumplir. 3. Inversión mínima: 38.000.000 ptas.

4. Documentos que componen el Proyecto:

Memoria

Planos de conjunto y de detalle.

Pliego de prescripciones técnicas particulares. Presupuesto.

III. Obras e instalaciones que deberá realizar el concesionario y que quedarán sujetas a reversión, y obras e instalaciones no comprendidas en aquéllas.

Las primeras son las definidas en el contenido del Proyecto Básico. Las segundas se refieren a la conservación de la plaza y sus instalaciones.

IV. Servicio objeto de la concesión y sus características. El Servicio es la plaza de toros de Torremolinos; su objeto primordial será la celebración de la tradicional fiesta del toreo y complementariamente otros festejos de carácter recreativo y cultural. La superficie máxima contemplada será de 6.258 m2. El número mínimo de festejos a celebrar durante la temporada taurina será de nueve novilladas, todas ellas sin picadores. En la fiesta de San Miguel se celebrará una corrida de toros. Contenido de derechos y obligaciones:

a) Obligaciones del concesionario:

Organizar y celebrar en la plaza de toros los espectáculos taurinos antes mencionados.

Abonar a su cargo las certificaciones de obras. Abonar anualmente al Excmo. Ayuntamiento de Málaga un canon de 456.000 Ptas. que será revisado según el I.P.C. del año anterior. Limpieza y conservación del edificio de la plaza de toros. Devolver el edificio y sus instalaciones al término de la concesión. Satisfacer los tributos que graven la actividad objeto de la concesión y cumplir las obligaciones laborales y sociales respecto del personal que contrate.

Mantener y prestar los servicios sanitarios en la propia plaza de toros. Someter a la autorización de la Tenencia de Alcaldía de Torremolinos los precios de las entradas de los espectáculos taurinos a aplicar en cada anualidad.

Cumplir y observar las normas de policía, sanidad y veterinaria. Poner a disposición de los mayores de 65 años, pensionistas, jubilados y menores de 18 años, entras especiales con una reducción del 25%. Prohibición de ceder o traspasar la concesión sin autorización de la Corporación.

b) Derechos del concesionario:

Realizar y explotar los espectáculos taurinos.

Explotar a su beneficio los servicios accesorios de repostería, alquiler de almohadillas y publicidad.

Realizar y explotar a su beneficio, previa autorización, espectáculos recreativos de índole no taurino.

Utilizar los bienes de dominio público necesarios para el servicio. c) Derechos del Excmo. Ayuntamiento:

Recibir la totalidad de las obras e instalaciones construidas y que componen la plaza de toros a la finalización del plazo de la concesión, así como el solar sobre el que se asientan.

Percibir el canon anual de 456.000 Ptas., revisables anualmente según el I.P.C.

Realizar fuera de temporada taurina las obras de mejoras que estime pertinentes.

Fiscalizar el número y tarifas de los espectáculos taurinos. Reservar a favor del Excmo. Ayuntamiento 30 localidades para toda clase de espectáculos tanto al Excmo. Sr. Alcalde como las personas que designe, podrán penetrar en todo momento en la plaza de toros y sus dependencias. El Excmo. Ayuntamiento se reserva el derecho de disponer de la plaza de toros 90 días al año.

Podrá dar por terminado el contrato antes de su término, por causa de interés público que lo aconseje, previa indemnización.

d) Obligaciones del Ayuntamiento:

Entregar el suelo en que se asienta el servicio.

Otorgar, mantener y respetar el derecho de concesión y aprovechamientos especiales a favor del concesionario. Tarifas. Se diferenciarán según la categoría del espectáculo a celebrar y en base a la calidad de las localidades. Las tarifas se entenderán sujetas a revisión anual y extraordinaria. Estarán sometidas al Régimen Jurídico privado.

V. Canon de aprovechamiento.

Consistirá en la cantidad que resulte de la ejecución de la totalidad de las obras de la plaza, siendo la inversión mínima de 38.000.000 ptas. y en un canon anual de 456.000 ptas., siendo objeto de estimación al alta y revisables anualmente según el I.P.C.

VI. Legitimación y condiciones concursales.

Podrán concursar a esta legitimación las personas naturales y jurídicas con plena capacidad jurídica y de obrar que no estén comprendidas en ninguna de las excepciones previstas en el R.C.C.L., y demás disposiciones de general aplicación.

El contrato podrá concertarse con dos o más personas que se obligaren solidariamente frente a la Corporación, y los derechos de ésta serán indivisibles frente a aquéllas.

Serán condiciones concursales, valoradas conjunta y discrecionalmente, las siguientes:

Mejor proyecto técnico

Menores tarifas

Menor plazo de ejecución de las obras

Menor plazo de duración de la concesión

Mayor número de espectáculos

Mejor promoción de festejos taurinos populares

Mayor experiencia profesional como empresario taurino

Mejor campaña de difusión turística de la feria de Torremolinos Mejor oferta sobre el canon anual de 456.000 Ptas.

Tener en explotación plaza de toros en la actualidad.

Cualquier otra condición que tienda a realizar la pureza estética y contenido popular de los festejos.

Dichas condiciones concursales deberán justificarse documentalmente.

VII. Duración de la concesión

El plazo máximo de la concesión será de 25 años.

VIII. Sanciones.

Por faltas leves: Hasta 25.000 ptas.

Por faltas graves: Hasta 200.000 ptas.

Por faltas muy graves: Hasta 1.000.000 ptas.

Pudiéndose incluso llegar al secuestro provisional de la concesión y a declarar su caducidad.

IX. Formalidades del concurso.

a) garantías:

Por las obras: Fianza provisional 1.321.144 ptas. y Fianza definitiva

1.981.716 ptas.

Por la concesión: La Fianza definitiva será de 760.000 ptas. b) gastos: De acuerdo con el art. 47 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales.

c) plazo de presentación: El plazo de presentación de plicas será de 40 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del anuncio del concurso en el BOE, BOJA y BOP siendo determinante a efectos del cómputo el que se publique con fecha posterior si no fuesen coincidentes. Las plicas se entregarán en el Negociado de Contratación de la Gerencia Municipal de Urbanismo, C/ Pedro Gómez Chaix, s/n, de 12 a 2. El expediente de este concurso podrá ser examinado en el plazo y dependencia citada.

d) documentación:

Las plicas contendrán los siguientes documentos:

Resguardo de la garantía provisional

Declaración en la que el licitador afirme, bajo su responsabilidad, no hallarse comprendido en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad señalados en el art. 4 y 5 del R.C.C.L. D.N.I. del licitador o poder bastanteado por el Secretario General si se obra en representación.

Ultimo recibo de licencia fiscal y justificantes de estar al corriente en el pago de Seguridad Social, si procediera.

Proyecto básico.

Canon anual ofertado.

Plazo de concesión que se solicita.

Proposición ajustada al modelo que figura al final de este Pliego de condiciones.

Propuesta de tarifa y fórmula de revisión aplicable, que se oferte. Declaración de estar al corriente en las obligaciones tributarias. e) Exacciones municipales, derechos y tasas:

El adjudicatario estará obligado al pago de los derechos municipales y tasas y cualquier clase de impuesto referente a ejecución de obra y explotación del servicio público, que en derecho correspondan. f) Adjudicación:

La mesa del concurso se constituirá a las 12 horas del siguiente día hábil a aquél en que finalice el plazo de presentación de plicas. g) Perfeccionamiento:

El contrato se entenderá afectado a riesgo y ventura del adjudicatario. La formalización se efectuará mediante escritura pública.

X. Condiciones finales.

a) Resolución del contrato. El Ayuntamiento se reserva el derecho a declarar desierto el concurso si ninguno de los concursantes cumpliera las condiciones de este pliego o sus proposiciones que consideren insuficientes.

b) Tribunales. Los liticios derivados del contrato se entenderán sometidos a la jurisdicción contencioso-administrativa. c) Normas supletorias. En todo lo no previsto en este pliego se estará a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de

1953 (R.C.C.L.)., Reglamento de Bienes de 1955 y Reglamento de Servicios de 1955.

d) Responsabilidad. La empresa adjudicataria asumirá las responsabilidades previstas en este Pliego, y subsidiariamente las que se deriven de las deficiencias de carácter técnico.

e) Naturaleza de la concesión. Será la propia de la concesión administrativa conjunta de obra y servicio público a que se refiere el apartado a) del nº 2 del art. 114 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 17 de junio de 1955.

f) Norma final. Los presentes pliegos se complementarán con el Proyecto Básico que resulte elegido en el referido concurso, y una vez aprobado por el Pleno Municipal.

MODELO DE PROPOSICION

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF