Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 21/8/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 29 de julio de 1986, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por la que se convoca concurso para adjudicación de explotaciones en la zona regable Almonte-Marismas.

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De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria, en su Reglamento, aprobado por Decreto 1129/1984, de 4 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de Reforma y Desarrollo Agrario y, con carácter subsidiario, en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobada por el Decreto 118/1973, de 12 de enero. Realizados los trámites correspondientes y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,

RESUELVO:

Artículo primero. Se convoca concurso para la adjudicación en régimen de concesión administrativa de los lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Subsector II-11 de la Zona Reglable Almonte-Marismas. La relación, superficie y número mínimo y máximo de las explotaciones comunitarias que deben adjudicarse en el anexo I a esta Resolución.

Artículo segundo. Las Bases del Concurso se expondrán al público, junto con la relación y plano de situación de todas las explotaciones de este Concurso, a partir de la publicación de esta Resolución en el BOJA, en los Servicios Centrales del I.A.R.A., sito en Avda. Ramón y Cajal, s/n. Edificio Sevilla 1, 1a planta. 41005 Sevilla, en la Dirección Provincial del I.A.R.A. en Huelva (Plaza de las Monjas 8. C.P. 21001) y en los Ayuntamientos de la zona.

Artículo tercero.

1. Podrán tomar parte en el Concurso las entidades asociativas de primer grado que tengan por objeto la explotación comunitaria de la tierra y cuyos asociados reúnan los requisitos siguientes: a) Ser español y mayor de 18 años en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

b) Tener la condición de agricultor profesional, obrero agrícola o técnico agrícola.

c) Estar en posesión del certificado de estudios primarios o de escolaridad, o de documento análogo que acredite en alfabetización. d) Estar licenciado o exento del servicio militar, o garantizar que su realización no perjudicaría, a juicio del I.A.R.A., el cumplimiento de las obligaciones de las condiciones que han de ser asumidas. e) En el caso de ser propietario o empresario agrario que el rendimiento previsible de su propiedad o empresa, sumado al de la explotación que se le adjudique, no supere en tres veces al salario mínimo interprofesional. f) No realizar una actividad lucrativa no agraria y que ningún miembro de la unidad familiar realice alguna actividad sujeta a Licencia Fiscal. 2. Cuando no se cumplan las condiciones b) y c) del apartado anterior, los afectados deberán comprometerse a realizar los cursos de formación que establezca el I.A.R.A.

3. La falta de alguno de los requisitos mencionados determinará la exclusión del solicitante.

Artículo cuarto.

1. Las entidades solicitantes deberán presentar, referida a cada una de sus asociados, la documentación siguiente: a) Declaración-tipo según el modelo que se facilitará en las unidades indicadas en el artº segundo.

b) Fotocopia del D.N.I.

c) Certificado de la Cámara Agraria Local sobre afiliación al Régimen Especial Agrario y períodos cotizados.

2. Deberán presentar, además de las señalados en el punto anterior para cada miembro, la documentación siguiente: a) Solicitud-tipo según el modelo que se facilitará en las unidades indicadas en el artículo segundo.

b) Certificación del Acta de constitución de la entidad y relación de socios.

c) Copia de los Estatutos por los que se rige. d) Plan de Explotación que propondría la entidad para una de las explotaciones comunitarias objeto de Concurso, a su elección.

Artículo quinto.

1. Las solicitudes, dirigidas al Presidente del I.A.R.A., se presentarán en los Servicios Centrales del I.A.R.A., en la Dirección Provincial del I.A.R.A. de Huelva o por cualquiera de los medios autorizados en el artº

66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el artº 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

2. El plazo de presentación será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ampliándose el plazo de 15 días para la aportación de la documentación relativa a los socios emigrantes.

3. Las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación de esta convocatoria carecen de validez, por lo que deberán efectuarse de nuevo ajustándose a las exigencias del presente Concurso.

El modelo de solicitud podrá recogerse en los lugares mencionados en el artículo segundo.

Sevilla, 29 de julio de 1986.- El Presidente, Francisco Vázquez Sell.

ANEXO

LISTAS DE EXPLOTACIONES COMUNITARIAS SUBSECTOR II-11

Lote Nº Superficie Nº socios mínimo Explotación máximo 1 41,74 Has. 8 10 2 28 Has. 5 6 3 42,84 Has. 8 10 4 25 Has. 5 6 5 48,58 Has. 8 10 6 46,50 Has. 8 10 7 29,93 Has. 5 6

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