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De conformidad con lo previsto en el punto 4 de la Orden de 17 de septiembre de 1985 , por la que se regula el funcionamiento de los Centros de Recursos, esta Consejería dispones los siguiente: 1. Se crean los Centros de Recursos que se relacionan en el anexo de esta Orden.
2. Los centros relacionados entrarán en funcionamiento a partir del día siguiene al del nombramiento de los respectivos coordinadores.
Sevilla, 3 de septiembre de 1986.
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
ANEXO
Relación de Centros de Recursos que se crean:
PROVINCIA DE ALMERIA
Berja
PROVINCIA DE CADIZ
Villamartín
PROVINCIA DE CORDOBA
Iznájar
Priego de Córdoba
PROVINCIA DE GRANADA
Castril-Fátima
Granada
Loja
PROVINCIA DE HUELVA
Cortegana
Huelva
PROVINCIA DE JAEN
Andújar
Ubeda
PROVINCIA DE MALAGA
Marbella
PROVINCIA DE SEVILLA
Osuna
Los Palacios y Villafranca
Alcalá de Guadaira
Ecija
Pilas
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