Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 16/9/1986

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Cultura

ORDEN de 19 de agosto de 1986, por la que se convocan diversas plazas a fin de completar el cuadro de profesores del INEF de Granada.

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La necesidad de completar el cuadro de profesores del I.N.E.F. de Granada, obliga a convocar, para ser cubiertas en régimen de contratación laboral, plazas de profesores.

La selección se realizará según las siguientes bases:

Primera: Plazas que se convocan:

Una de Profesor Titular de Aprendizaje y Desarrollo motor, con dedicación plena.

Una de Profesor Titular de Planificación de actividades para el recreo y el ocio, con dedicación semiplena.

Una de Profesor Titular de Equipamiento e instalaciones, con dedicación parcial.

Segunda: Condiciones de los aspirantes:

a) Poseer la titulación de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

b) Haber cumplido los 18 años.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas, Administración Local o Institucional, o inhabilitado de las funciones públicas. d) Gozar de buena salud y no padecer defecto físico que pueda incapacitar o disminuir el ejercicio normal de sus funciones. e) No estar incurso en incompatibilidad.

f) Comprometerse por escrito a la dedicación requerida para dicha plaza.

Tercera: Instancias.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria, se ajustarán al modelo del anexo e igualmente y dentro del plazo que se establece a continuación, presentarán el Curriculum y Programa que recoge la Base 4º. Deberán tener entrada en el Registro General del Instituto Nacional de Educación Física de Granada, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de esta Convocatoria, y podrán ser presentadas personalmente o por cualquiera de los medios autorizados en la vigente Ley de Procedimiento.

Cuarta: Méritos.

a) Titulaciones académicas.

b) Actividad profesional docente.

c) Experiencia e investigación.

d) Presentación de un Programa de la asignatura. e) Defensa del Programa de la asignatura a que opta (opcional por el Tribunal).

A tal efecto, los aspirantes deberán documentar su instancia adjuntando un "Curriculum vitae" y justificarán documentalmente los diversos extremos contenidos en el mismo (Expediente Académico, Títulos, Diplomas, etc.), no valorándose aquellos extremos no justificados de forma documental. Igualmente deberán presentar el Programa que hayan diseñado sobre la asignatura.

El baremo de valoración de los méritos alegados, se incluye como Anexo a esta Orden de Convocatoria.

Quinta: Admisión.

Expirado el plazo de presentación de Instancias, la Consejería de Cultura aprobará la lista de admitidos y excluidos, la cual, se publicará en el BOJA y en el tablón de anuncios del Instituto Nacional de Educación Física de Granada.

Subdirector de Ordenación Académica del I.N.E.F. de Granada o persona en quien delegue la Junta de Profesores.

El día de la reunión de selección, será comunicado telegráficamente, y el Tribunal dará a conocer en el tablón de anuncios del I.N.E.F. de Granada, la relación de aquellos candidatos que deberán defender su programa de la asignatura.

Sexta: Resolución y Tribunal.

La Comisión encargada de la Selección de los aspirantes, estará formada por los siguientes miembros:

Presidente: Excmo. y Magnífico Rector de la Universidad de Granada o persona en quien delegue.

Vicepresidente: Viceconsejero de Cultura de la Junta o persona en quien delegue:

Vocales: Representante del Consejo Superior de Deportes. Representante de la Consejería de Educación.

Director del I.N.E.F. de Granada.

Con voz pero sin voto en la selección del profesorado, estará presente el Representante sindical del Centro.

La Comisión de Selección podrá declarar vacantes las plazas.

Séptima: Propuesta de contratación.

La Comisión de Selección, una vez declarada la lista de candidatos seleccionados, que será expuesta en el tablón de anuncios del I.N.E.F. de Granada, elevará la oportuna propuesta a la Consejería de Cultura, que a su vez la trasladará, junto a la documentación pertinente al Consejo Superior de Deportes, para la formalización de los contratos.

Octava: Toma de posesión.

Los candidatos seleccionados, firmarán y tomarán posesión de su plaza dentro de los 15 días siguientes al de la publicación o notificación de su elección.

Igualmente, dentro de dicho plazo, los candidatos propuestos, habrán de acreditar documentalmente, que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en esta Convocatoria.

Si los candidatos incumplen lo expuesto en el párrafo anterior, salvo en los casos de fuerza mayor, previstos por la ley, decaerán en su derecho, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir. Para este caso y para el de renuncia, la Comisión de Selección, formulará una propuesta adicional a favor de aquél o aquéllos que hayan obtenido puntuación suficiente y sigan en el orden de puntuación.

BAREMO DE PUNTUACION

A) Titulación académica (Máximo 15 puntos).

1º. Expediente Académico (0 a 4 puntos).

Aprobado 1.

Notable 2.

Sobresaliente 3.

Matrícula de Honor 4.

Aquellas asignaturas más estrechamente relacionadas con la que el aspirante concursa, se valorarán doble. Se realizará la media. 2º. Trabajo fin de carrera o grado de Licenciatura (0,5 a 2 puntos). Aprobado 0,5.

Notable 1.

Sobresaliente 1,5.

Premio 2.

3º. Título de Licenciado de Educación Física o relacionado con la asignatura a que opta (0 a 6 puntos).

Doctor 6.

Licenciado 5.

Diplomado 3.

4º. Otras titulaciones no relacionadas con la asignatura a que opta (0 a

4 puntos).

Doctor 4.

Licenciado 3.

Diplomado 1.

5º. Titulación deportiva del máximo nivel relacionado con la asignatura a que opta.

Maestría 1,5.

Entrenador Nacional 0,5.

6º. Otras titulaciones deportivas de máximo nivel no relacionadas. Maestría 0,5.

Entrenador Nacional 0,25.

7º. Certificado de Aptitud Pedagógica 0,25.

Cursos de Especialidad del Doctorado 0'5.

En los apartados 3, 4, 5 y 6, se valorará la puntuación más alta dentro de la titulación.

B) Actividad profesional docente (Máximo 40 puntos).

1º. Experiencia docente específica en la materia. 25 puntos. En la Universidad como Catedrático o Agregado o en el I.N.E.F. como Titular. 5 puntos/año.

En el I.N.E.F. como Auxiliar. 3 puntos/año.

En la Universidad o en el I.N.E.F. sólo en Seminario o en Cursos Monográficos. 1 punto/año.

En otras Escuelas Universitarias. 3 puntos/año.

Ayudantes de prácticas en la Universidad, Escuela Universitaria o I.N.E.F. 0,5 puntos/año.

En escuelas de Entrenadores:

Escuela Nacional 1 punto/año.

Escuela Regional 0,5 puntos/año.

2º. Ejercicio profesional en general (Máximo 15 puntos). a) Docente:

Universidad o I.N.E.F. 1 punto por año (Máximo 5 años). B.U.P., E.G.B., F.P. 1 punto por año (Máximo 5 años).

En otras instituciones 0,5 puntos por año. (Máximo 5 años). b) No docente:

Ejercicio Profesional relacionado con la asignatura. 0,5 puntos. Entrenador Selección Nacional, 0,5 puntos.

Entrenador División de Honor. 0,5 puntos.

Entrenador Categoría Nacional. 0,25 puntos.

Preparador físico Categoría Nacional. 0,25 puntos.

Director Técnico, 0,25 puntos.

Ejercicio Profesional no relacionado con la asignatura. 0,25 puntos. En un mismo año, dentro del Apartado b "Actividad Profesional Docente", sólo se valorará dentro de cada punto (1º Experiencia docente específica en la materia y 2º Ejercicio profesional en general) una actividad, no contabilizando otras que aunque hayan sido compatibles se hayan desarrollado en el mismo año. Asimismo, sólo se computará el ejercicio profesional con una duración mínima de 1 año, temporada o curso escolar.

C) Experiencia investigadora y publicaciones (Máximo 20 puntos).

Libros publicados, 2 puntos por libro (Máximo 8 puntos). Artículos publicados, 1 punto por artículo (Máximo 3 puntos). Ponencias, conferencias, comunicaciones, 0,5 puntos por cada una (Máximo

1 punto).

Dirección de tesinas o trabajos de investigación, 0,5 puntos por trabajo dirigido (Máximo 5 puntos).

Otros (Máximo 1 punto).

Se justificará documentalmente aquellas publicaciones, trabajos, conferencias, etc., que se presenten y se valorarán especialmente los relacionados con la asignatura a que se opta con un 50% más sobre el Baremo de cada apartado.

D) Planificación de la asignatura (Máximo 25 puntos).

Se valorarán los siguientes aspectos:

Formulación de objetivos, 3 puntos.

Estructura de la planificación, 3 puntos.

Desarrollo de los contenidos, 3 puntos.

Metodología empleada, 3 puntos.

Actividades propuestas, 3 puntos.

Previsión de material, 2 puntos.

Documentación bibliográfica, 3 puntos.

Evaluación, 3 puntos.

Relación interdisciplinaria. Trabajo en equipo, 2 puntos. La puntuación se obtendrá, hallando la media de las evaluaciones otorgadas por cada miembros del Tribunal, una vez eliminada la mayor y la menor.

Sevilla, 19 de agosto de 1986

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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