Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 21/10/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 264/1986, de 24 de septiembre, por el que se crean cuatro centros públicos de Educación Permanente de Adultos en la provincia de Sevilla.

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La demanda de puestos escolares en el nivel de Educación Permanente de Adultos, hace preciso crear los centros escolares necesarios que dicha situación exige.

En su virtud y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 91 de la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa de

4 de agosto de 1970 por los que se regula la creación y características de los centros de Educación Permanente de Adultos y del art. 17 de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación de 3 de julio de 1985, que atribuye al Consejo de Gobierno la facultad de creación de centros públicos de Educación Permanente de Adultos, y a fin de atender los objetivos expuestos, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, con el informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión del día 24 de septiembre de 1986.

D I S P O N G O :

Artículo 1º. Se crean los siguientes centros públicos de Educación Permanente de Adultos: Provincia de Sevilla Municipio: Dos Hermanas; localidad: Dos Hermanas, Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en El Palmarillo s/n, con capacidad para 280 alumnos en presencia simultánea. Municipio: Ecija; localidad: Ecija, Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en la calle Mayor, nº 2, con capacidad para 105 alumnos en presencia simultánea.

Municipio: Estepa; localidad: Estepa, Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en calle Castillo 32, con capacidad para 105 alumnos en presencia simultánea.

Municipio: Los Palacios y Villafranca; localidad: Los Palacios y Villafranca, Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en Plaza de la Laguna de Caro, con capacidad para 140 alumnos en presencia simultánea.

Artículo 2º. Se autoriza a la Consejería de Educación y Ciencia para la puesta en funcionamiento de los citados Centros.

Sevilla, 24 de septiembre de 1986

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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