Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 28/10/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 16 de septiembre de 1986, por la que se crean Secciones de Formación Profesional en Málaga y Sevilla.

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Con el fin de atender la creciente demanda de puestos escolares de Formación Profesional, es preciso incrementar el actual número de Centros públicos en el citado nivel educativo, en consecuencia: Esta Consejería, al amparo de la Ley Orgánica 8/85, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y del Decreto 3936/82 de 29 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de educación no universitaria, y vistas las propuestas favorables de los órganos administrativos correspondientes, ha tenido a bien disponer:

Primero. Se crean Secciones de Formación Profesional de Primer Grado en las localidades que se relacionan, que habrán de funcionar a partir del curso académico 1986/1987 en los domicilios y locales que se indican e impartirán las enseñanzas que igualmente se determinan. Málaga. En el Instituto de Bachillerato nº 11, con domicilio en Explanada de la Estación de R.E.N.F.E., dependiente del Instituto Politécnico de Formación Profesional "Jesús Marín". Enseñanzas: Primer Grado en la Profesión Administrativo de la Rama Administrativa y Comercial.

Sevilla. En el Instituto de Bachillerato "Antonio Machado", ubicado en el Hogar de San Fernando, con domicilio en c/ Perafán de Ribera s/n, dependiente del Instituto de Formación Profesional "Pino Montano". Enseñanzas: Primer Grado en la Profesión Administrativo de la Rama Administrativa y Comercial.

Sevilla. Con domicilio en Parque Alcosa, dependiente del Instituto Polictécnico de Formación Profesional de Sevilla.

Segundo. La Dirección General de Personal fijará las Plantillas de Profesorado de las Secciones de Formación Profesional que se citan, conforme a las Ramas establecidas, previo informe razonado y detallado de las correspondientes Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia y propuesta de la Dirección General de Ordenación Académica.

Tercero. Se autoriza a la Dirección General de Personal para determinar el personal no docente que deba ser destinado a las mismas.

Cuarto. Se faculta a la Dirección General de Ordenación Académica para dictar cuantas Resoluciones considere necesarias para la correcta aplicación e interpretación de lo que por la presente Orden se dispone.

Sevilla, 16 de septiembre de 1986

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero Educación y Ciencia

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