Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 11/12/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Fomento

ORDEN de 2 de diciembre de 1987, por la que se aprueban las tarifas de servicios mínimos y especiales de la Unión Local de Autónomos del Taxi de Cádiz.

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El Consejero de Economía y Fomento, en virtud de las competencias atribuidas por la Orden de 6 de mayo de 1987, de la Consejería de Economía y Fomento,

HA RESUELTO:

Aprobar las siguientes tarifas de la Unión Local de Autónomos del Taxi de Cádiz

CONCEPTOTARIFA AUTORIZADA (IVA incluido)ù

Servicio Mínimo190 pts.

SERVICIOS ESPECIALES

Corpus, Carnavales y Trofeo/boda y bautizo^^20% Retorno al Polígono Industrial Zona Franca^30 pts. Recogida de viajeros en estación ff. cc. y muelle^49 pts. Entrada en Dique, Astilleros, espigones de la Caleta, San Felipe y Puerto Zona Franca^61 pts.

Para la aplicación de estas tarifas se tendrán necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986 del Consejo de Gobierno.

Dichos precios entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de diciembre de 1987

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

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