Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 11/12/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 12 de noviembre de 1987, sobre la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Granada.

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Examinado el documento de cumplimiento de la resolución de esta Consejería de 24 de enero de 1985, aprobado por acuerdo plenario de 31 de octubre de 1986 y elevado a esta Consejería en virtud de lo dispuesto en el art. 41.3 de la vigente Ley del Suelo y en cumplimiento de lo establecido en el apartado cuarto de la citada resolución. Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/76, de 9 de abril, los Reglamentos que lo desarrollan, la resolución de esta Consejería de 24 de enero de 1985 y el Decreto 194/8, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de urbanismo por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía. Visto el informe de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de Urbanismo de esta Consejería y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por aplicación de lo dispuesto en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/83, de 21 de septiembre, en relación con lo dispuesto en los arts. 35 y 40 de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente el expediente de cumplimiento de la resolución de esta Consejería de 24 de enero de 1985, sobre Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Granada, por cuanto las determinaciones adoptadas por el Excmo. Ayuntamiento de Granada se consideran acordes con las subsanaciones requeridas, a excepción de: a). El punto 3º del apartado segundo de la resolución de 24 de enero de

1985, sobre supresión de la Norma 4.1.4., referente a actualización de la clasificación, que no se ha cumplimentado. En consecuencia, se suprimirá la Norma 4.1.4. referente a actualización gráfica de la clasificación. b). El requerimiento de programación que se efectuara en la letra b) del punto 8 del apartado segundo de la resolución de referencia. Por tanto, procederá la programación de la ejecución del Parque García Lorca en el segundo cuatrienio.

Segundo. 1. En virtud de lo dispuesto en el apartado quinto de la resolución de 24 de enero de 1985, el Excmo. Ayuntamiento de Granada procederá a la redacción del texto refundido que será elevado a esta Consejería para su diligenciado en el plazo de seis meses. 2. El documento refundido contendrá las subsanaciones señaladas en las letras a) y b) del apartado primero de la presente resolución y recogerá el listado y documentación del Catálogo, así como la propuesta de acceso a la Alhambra que se contempla, con mayor detalle, en el Plan Especial Alhambra.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el de la provincia de Granada a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y resolución de 24 de enero de 1985, con notificación al Excmo. Ayuntamiento de Granada y a los interesados.

Contra la presente resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el contencioso-administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 12 de noviembre de 1987.

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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