Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 11/12/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 13 de noviembre de 1987, sobre modificaciones al Plan General de Ordenación Urbana de Granada.

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Examinado el documento de modificaciones al Plan General de Ordenación Urbana de Granada, aprobado provisionalmente por el Excmo. Ayuntamiento de Granada el 31 de octubre de 1986 y elevado a esta Consejería a los efectos de lo establecido en el art. 49 de la Ley del Suelo. Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, los Reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo Vistos los informes de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por aplicación de lo dispuesto en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación con el art. 35 de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente el expediente de modificaciones al Plan General de Ordenación Urbana de Granada, aprobado provisionalmente por el Excmo. Ayuntamiento de Granada, a excepción de las modificaciones numeradas en los apartados segundo y tercero de esta resolución, que carecerán de ejecutoriedad, de conformidad con lo previsto en el art. 56 de la vigente Ley del Suelo.

Segundo. Suspender la aprobación definitiva de las modificaciones nº 12 y 13 por cuanto el cambio de clasificación que se propone no puede ser objeto de modificación, sino de revisión del Plan, de conformidad con lo dispuesto en la Norma 1.1.2., apartado sexto de la normativa urbanística del Plan General de Ordenación Urbana de Granada.

Tercero. a). Denegar la aprobación definitiva de las modificaciones nº:

17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 31, 32, 33, 34, 34 bis,

35, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53,

54, 55, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73,

74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91,

92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, correspondientes a modificaciones de uso pormenorizado de unidades básicas en el Albaicín, por cuanto el Plan Especial Albaicín, previsto por el Plan General de Ordenación Urbana, ha de ser el instrumento de planeamiento donde se defina el uso detallado del sector, siempre dentro de los límites del art.

17.1 de la Ley del Suelo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 23 del mismo cuerpo legal.

b.) Denegar la aprobación definitiva de la modificación nº 14, y lo concerniente a la modificación del límite de suelo urbano, que presenta la nº 16, por cuanto dichas modificaciones fueron recogidas en el expediente de modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, Sector P-12, aprobado definitivamente por esta Consejería de Obras Públicas y Transportes en resolución de 2 de marzo de 1987.

Cuarto. Las modificaciones, objeto de aprobación definitiva, se integrarán en la Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Granada, cuya redacción se ha previsto en el nº 2 del apartado segundo de la resolución de 12 de noviembre de 1987, sobre Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Granada.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el de la provincia de Granada a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Excmo. Ayuntamiento de Granada y a los interesados. Contra la presente resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el contencioso-administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 13 de noviembre de 1987.

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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