Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 28/12/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 284/1987, de 25 de noviembre, por el que se adscriben determinados bienes a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Decreto 262/1985, de 18 de diciembre, se constituyó la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (E.P.S.A.), como Entidad Pública de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, de acuerdo con el artículo 4 de dicho Decreto, con la finalidad de llevar a cabo las tareas técnicas y económicas requeridas para el desarrollo de la gestión urbanística y patrimonial en ejecución de los planes de urbanismo y programas por parte de la Junta de Andalucía, mediante las actuaciones de promoción, preparación y desarrollo de suelo para fines residenciales, industriales, de equipamientos y de servicios. Poseyendo la Empresa patrimonio propio, el Decreto de su constitución prevé en su artículo 8 que dicho patrimonio se integre, entre otros bienes, derechos y obligaciones, por aquéllos que se le adscriban en el futuro.

Entre los bienes de la Comunidad Autónoma de Andalucía se encuentran los terrenos expropiados y ocupados comprendidos en la Delimitación del ACTUR "LA CARTUJA" de Sevilla. Sobre dichos bienes la Consejería de Obras Públicas y Transportes tiene transferidas las facultades en materia de gestión, administración, adquisición y enajenación, ostentando además la condición de Administración Urbanística Actuante, de conformidad con las prescripciones del Decreto 208/84, de 17 de julio, por el que se adoptan medidas reguladoras de las facultades de gestión urbanística por los Organos de la Junta de Andalucía.

Para el cumplimiento de los fines del Area de Actuación Urbanística "La Cartuja" de Sevilla, es necesario en este momento adscribir a E.P.S.A. los terrenos expropiados y ocupados, comprendidos en la Delimitación del ACTUR, si bien, habida cuenta de la ubicación del recinto de la Exposición Universal de Sevilla de 1992 en dichos terrenos, es conveniente reservar en favor del Consejo de Gobierno la determinación de las condiciones de ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones que se deriven de ello.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, con informe de la Consejería de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de noviembre de 1987,

D I S P O N G O

Artículo 1º.

1. Para el cumplimiento y desarrollo del régimen previsto en el Decreto-Ley 7/1970, de 27 de junio, de actuaciones urbanísticas urgentes, se adscribe a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (E.P.S.A.) los terrenos expropiados y ocupados comprendidos en la Delimitación del ACTUR "La Cartuja" de Sevilla, aprobada por Decreto no 3003/1971, de 25 de noviembre.

2. La Consejería de Obras Públicas y Transportes continuará ejerciendo todas las facultades que, sobre dichos terrenos, le corresponden como Administración Urbanística Actuante.

Artículo 2º.

1. La Empresa Pública de Suelo de Andalucía deberá realizar en nombre de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuantas actuaciones sean necesarias para el ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la titularidad de los terrenos que se le adscriben en el presente Decreto.

2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas de los expedientes de expropiación, se estará a lo dispuesto en el no 4 apartado

E) del anexo I del Real Decreto 3481/83, de 28 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de patrimonio arquitectónico, control de calidad de la edificación y vivienda, haciéndose cargo la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la tramitación de tales expedientes.

Artículo 3º.

Las actuaciones que realice la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en relación con los terrenos adscritos en el presente Decreto, se regularán por las normas específicas de la citada Empresa y subsidiariamente por la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y su Reglamento de aplicación.

Artículo 4º.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá fijar condiciones especiales al ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones en relación con los terrenos que se adscriben en el presente Decreto, y, en particular, para aquéllos en los que se ubique el recinto de la Exposición Universal de Sevilla de 1992.

DISPOSICION ADICIONAL

Los terrenos comprendidos en la delimitación de la ACTUR " Cartuja" de Sevilla que sucesivamente sean objeto de expropiación y ocupación, quedarán adscritos con carácter automático a la Empresa Pública de Suelo, con el mismo régimen que se regula para los terrenos adscritos en el presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

Queda facultada la Consejería de Obras Públicas y Transportes para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de cuanto se establece en el presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de noviembre de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Publicas y Transportes

Descargar PDF