Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 10/2/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 3/1987, de 14 de enero, por el que se acepta la donación a la Junta de Andalucía, por el Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), de un solar sito en su término municipal, con destino a la construcción de una oficina de Turismo.

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Por el Ayuntamiento de Algeciras, ha sido ofrecido a la Junta de Andalucía un solar de 247,83 metros cuadrados de superficie, con destino a la construcción de una Oficina de Turismo. Por la Consejería de Fomento y Turismo se considera del máximo interés la aceptación de la referida donación.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de enero de 1987,

D I S P O N G O:

Artículo 1º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación por el Ayuntamiento de Algeciras de un solar de 247,83 metros cuadrados de superficie, cuya descripción es la siguiente:

"Urbana: Parcela de terreno en la calle Juan de la Cierva nº 1 de la ciudad de Algeciras. Tiene una superficie de doscientos cuarenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados; sus linderos son: Norte, c/ Juan de la Cierva; Sur, Avda. Villanueva; Este, calle peatonal de cinco metros; Oeste, formando vértice con la confluencia de la Avda. Villanueva y la calle Juan de la Cierva.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Algeciras, al folio 201 del Tomo 308 del Archivo, Libro 128, inscripción 3a de la Finca registral nº

8.642.

El solar donado se encuentra libre de cargas y gravámenes y se destinará a la construcción de una Oficina de Turismo.

Artículo 2º. Los terrenos mencionados deberán incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía una vez inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por la Consejería de Economía y Hacienda a la de Fomento y Turismo.

Artículo 3º. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 14 de enero de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Vicepresidente de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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