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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 171, 172 y 173 de la Ley del Suelo de 9 de abril de 1976, en relación con lo señalado en los artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de
1954.
El Decreto 14/1984 de 18 de enero en relación con el Anexo I, apartado
B) artículo 4.4 del Real Decreto 3315/1983 de 20 de julio, confiere a esta Consejería competencia en materia de constitución de derecho de superficie en bienes de las Entidades Locales.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.2 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º. Autorizar la constitución de un Derecho Real de Superficie, por adjudicación directa y gratuita de los terrenos sitos en el Barrio B (Las Angustias), propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Motril (Granada) a favor de la Cooperativa de Enseñanza "La Palmera" por un período máximo de 75 años, para la construcción de un Centro Escolar de Enseñanza General Básica, acordada por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 1986, y cuya descripción es la siguiente: Porción de terrenos de 9.505 m2, destinados a Centro de Enseñanza General Básica, y que lindan: Norte con resto de finca matriz y vial de nueva apertura de diez metros por medio, que discurre en dirección Este-Oeste (antiguo camino Huerta de las Angustias); Sur, con resto de finca matriz, destinados a Instituto de Enseñanza Media y vial de nueva apertura de diez metros por medio que discurre en dirección Este-Oeste; Este, con resto de finca matriz y vial de nueva apertura de ocho metros por medio, que discurre en dirección Norte-Sur; Oeste, con vial de nueva apertura en resto de finca matriz y terrenos propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes sobrantes de la urbanización de 318 viviendas sociales, terrenos que antes lo fueron de Dª Almudena Bengoa Gómez.
2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Motril (Granada).
3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de febrero de 1987
ENRIQUE LINDE CIRUJANO
Consejero de Gobernación
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