Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 16/1/1987

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de diciembre de 1986, por la que se adscribe con carácter definitivo, a Centros de Bachillerato de esta Comunidad, al Profesorado afectado por la transformación o creación de los mismos.

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Ilmo. Sr.:

Por Orden de 13.2.86, se crearon, entre otras, las siguientes Extensiones de Institutos de Bachillerato: Extensión del I.B. de Vera en Carboneras (Almería). Extensión del I.B. "Mariana Pineda" de Granada. Extensión del I.B. "Julio Rodríguez" de Motril (Granada). Extensión del I.B. "Luis Cernuda" de Sevilla. Asimismo, por Decreto 185/86, de 30 de julio, se crearon, entre otros, los Institutos de Bachillerato que se indican: I.B. de los Barrios, por transformación de la Extensión del I.B. "Isla Verde" de Algeciras.

I.B. de Chipiona, por transformación de la Extensión del I.B. "Francisco Pacheco" de Sanlúcar de Barrameda.

I.B. no 4 de Jerez de la Frontera (Cádiz), por transformación de la Extensión del I.B. "Alvar Núñez" de Jerez de la Frontera. I.B. no 9 de Granada, por transformación de la Extensión del I.B. "Padre Manjón de Granada".

I.B. de Arroyo de la Miel (Benalmádena), por transformación de la Extensión del I.B. de Torremolinos (Málaga). I.B. no 2 de Dos Hermanas (Sevilla), por transformación de la Extensión del I.B. "Virgen de Valme" de Dos Hermanas (Sevilla). Resulta necesario, en orden al acoplamiento del Profesorado que venía prestando sus servicios en los antiguos Centros, adoptar las acciones administrativas precisas para su redistribución, para lo cual es preciso tener en cuenta, por una parte los deseos expresamente formulados por los interesados, en la medida que los mismos puedan aceptarse, y, por otra parte, los excedentes de Profesorado originados como consecuencia de las creaciones y transformaciones anteriormente citadas. Esta Consejería, de conformidad con el régimen establecido en el Decreto

557/60 de 24 de Marzo, (BOE del 29), y Orden Reglamentaria de 4.4.70, (BOE de 8 de junio), ha dispuesto:

1º. Nombrar Profesores Agregados de Bachillerato de los Centros mencionados al Profesorado que se indica, de acuerdo con el anexo I de la presente Orden.

2º. La efectividad de esta disposición será de 1 de octubre de 1986.

3º. La adscripción del Profesorado a que se refiere esta Orden no supondrá modificación en su situación, ni de los derechos que les correspondan.

Como consecuencia, la antigüedad en el nuevo destino será la referida a la toma de posesión en el Centro de origen.

4º. En los títulos administrativos de los funcionarios del Cuerpo de Profesores Agregados de Bachillerato a quienes afecta este acto administrativo, se extenderán por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia diligencias en las que se haga constar toma de posesión y cese en los respectivos Centros.

5º. Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en BOJA según disponen los artículos 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 18 de diciembre de 1986

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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