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Cumplidos por los solicitantes los trámites establecidos en los Decretos
299/1984, de 27 de noviembre, y 66/1986, de 9 de abril, por los que se regula el procedimiento a seguir para la concesión de los beneficios en esta materia, y elevada la oportuna propuesta de otorgamiento de subvenciones por la Agencia de Medio Ambiente, el Consejo de Gobierno, ante la necesidad de acometer una efectiva política medioambiental, en orden al fomento de medidas anticontaminantes, ha resuelto conceder determinadas subvenciones destinadas a tal fin. En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de diciembre de 1986,
D I S P O N G O :
Artículo único. Se otorgan las subvenciones previstas en el artículo 11 de la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico a las empresas que figuran en el Anexo del presente Decreto, en la cuantía allí señalada, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos 299/1984, de 27 de noviembre y 66/1986, de 9 de abril.
Sevilla, 17 de diciembre de 1986.
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de la Presidencia
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