Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 18/5/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 29 de abril de 1987, de Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), de unos terrenos colindantes con el colegio público de la entidad de ámbito territorial inferior al municipio Torrecera.

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La entidad de ámbito territorial inferior al municipio Torrecera, dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), acordó iniciar los trámites expropiatorios de unos terrenos colindantes con el Colegio Público de la citada Entidad, que en la Revisión-Adaptación del Plan General de Jérez de la Frontera, aprobado por Resolución del Consejero de Política Territorial de 30 de noviembre de 1984, se destinan a equipamiento escolar, así como interesar de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de los mismos, pronunciamientos que fueron oportunamente ratificados por el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera en sesión celebrada el día 26 de marzo de 1986, a tenor de lo previsto en el art. 45.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril. Las circunstancias que fundamentan la declaración de urgente ocupación que se pretende, se concretan en la falta de aulas para impartir las enseñanzas correspondientes a 4 cursos de alumnos de Enseñanza General Básica, ya que una de las mismas se ha tenido que cerrar a causa del derrumbamiento de parte de su techumbre, y en las dependencias en que se ubicaban los tres cursos restantes, se imparten de nueve a trece horas las enseñanzas de formación ocupacional por el I.N.E.M., independientemente de los actos culturales que en ellas se celebran, dado su condición de Centro Cultural; sin que exista posibilidad de habilitar otras dependencias que aún, con carácter provisional, mantuviesen la escolarización de los alumnos de estos cuatro cursos.

Se ha procedido, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de su Ley, a identificar los bienes que han de ser objeto de urgente ocupación, y a efectuar la información pública mediante la inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº

90, de 21 de abril de 1986, dejándose constancia mediante certificación expedida por el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, que durante el plazo de un mes no se ha presentado escrito alguno de parte interesada.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de abril de

1987

D I S P O N G O

1º. Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), de una parcela de 3.027'37 m2, contigua al Colegio Público de la Entidad de ámbito territorial inferior al municipio Torrecera, situada entre las calles Salado, Ganaderos y Cuesta Arriba, a segregar de la finca inscrita con el nº 4.239 al folio 131 del Libro 39, tomo 1.079 del Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera, propiedad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria y de colonos de la citada Entidad.

2º. Comunicar el presente Acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz).

3º. Publicarlo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de abril de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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