Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 21/5/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Fomento

ACUERDO de 6 de mayo de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Consejero para suscribir un convenio de cooperación con la Diputación Provincial de Huelva para la realización de una campaña de mejora de las zonas turísticas del litoral onubense.

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La Junta de Andalucía es competente en aquellas materias relativas a la promoción y fomento del turismo, así como para la adopción de medidas tendentes a la creación y mejora de la oferta turística. A este respecto se ha proyectado la realización de una campaña cuyo objetivo es la erradicación y control de las plagas de mosquitos que afectan a la zona costera de Huelva, que se desarrollará en cooperación con la Excma. Diputación de la citada provincia. Se justifica esta acción, ante el grave problema que origina la proliferación de plagas de mosquitos en el litoral onubense, que tan negativamente inciden en el desarrollo de la oferta turística. Para llevar a cabo las actividades previstas, se considera más adecuado, el marco jurídico de un convenio de cooperación a suscribir entre la Junta de Andalucía y la citada Corporación Provincial, en línea con lo previsto en el artículo 55.d) de la Ley 7/85 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local por el que las distintas Administraciones, para aumentar la eficacia administrativa, se prestarán mutuamente la cooperación y asistencia necesaria para el eficaz cumplimiento de sus tareas. En su virtud, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión del día 6 de mayo de 1987, ha tomado el siguiente

A C U E R D O

Se autoriza a la Consejería de Economía y Fomento para firmar con la Excma. Diputación Provincial de Huelva un convenio de cooperación para la realización de una campaña de erradicación y control de los mosquitos para la mejora de las zonas turísticas del litoral onubense, conforme al texto que se adjunta.

Sevilla, 6 de mayo de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

CONVENIO DE COOPERACION

En Sevilla, a.....de........de 1987, en la sede de la Consejería de Economía y Fomento

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Aureliano Recio Arias, Consejero de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía y de otra, el Excmo. Sr. D. Manuel Eugenio Romero Castilla, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Huelva.

EXPONEN

Primero. Que según las dotaciones presupuestarias actuales, la Consejería de Economía y Fomento tiene disponibilidades para realizar convenio y conciertos con Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, de cara a la realización de acciones conducentes a la promoción del turismo en Andalucía, eliminando todos los obstáculos que pudieran ser disuasorios para la canalización de las corrientes turísticas.

Segundo. Que ante el grave problema que originan las frecuentes plagas de mosquitos que afectan al litoral onubense, de incidencia negativa en la oferta turística, se ha propuesto por esta Consejería la firma de un convenio de cooperación con la citada Corporación, a los efectos de llevar a cabo una campaña cuyo objetivo sea la erradicación o control de las citadas plagas, y por tanto la mejora de la calidad ambiental en el litoral onubense.

Por cuanto antecedente, ambas parte

ACUERDAN

Primero. La Excma. Diputación Provincial de Huelva, participa en la realización de una campaña de lucha contra el mosquito, coordinada por la Consejería de Salud, en colaboración con la Agencia del Medio Ambiente y la Consejería de Agricultura y Pesca, y localizada en las zonas más afectadas del litoral onubense, por un importe global de cincuenta millones de pesetas (50.000.000). La ejecución de este proyecto deberá quedar ultimada antes del 31 de diciembre de 1987.

Segundo. La Consejería de Economía y Fomento colaborará en la financiación de la mencionada campaña con la cantidad de cinco millones cuatrocientas nueve mil pesetas (5.409.000), con cargo al ejercicio económico de 1987, aplicación presupuestaria 16.01.76200.000.30000.

Tercero. El programa a desarrollar por la Corporación deberá ser presentado a la Consejería para su conocimiento y conformidad, de cara a la justificación de la subvención.

Cuarto. Al objeto de facilitar el seguimiento de la campaña, la Diputación se compromete a informar a la Consejería sobre la marcha y ejecución del plan.

Quinto. La Consejería podrá nombrar un representante para que lleve a cabo el seguimiento de las distintas acciones del programa.

Sexto. Una vez ejecutado el 30% del proyecto, previa certificación acreditativa, será librado el importe total de la aportación de la Consejería de Economía y Fomento que será justificado posteriormente mediante certificado del Interventor de la Diputación de Huelva de haber ingresado y contabilizado la cantidad percibida.

No obstante, la Dirección General de Turismo podrá en cualquier momento solicitar cuantas justificaciones estime conveniente para comprobar el grado de cumplimiento del Convenio.

Séptimo. La Excma. Diputación, facilitará en todo momento la información y detalle que se le solicite, relativa al desarrollo del programa.

Octavo. El incumplimiento de las obligaciones descritas, podrá dar lugar a la resolución de este Convenio, previa comunicación al efecto, a la otra parte.- Jose Aureliano Recio Arias, Consejero de Economía y Fomento.- Manuel E. Romero Castilla, Presidente Diputación de Huelva.

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