Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 9/6/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 20 de mayo de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve el expediente 86/014-2 tramitado en la Dirección General del Juego y seguido a don Francisco López Martínez, por infracciones a la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Examinado el expediente sancionador no 86/014-2 seguido a D. Francisco López Martínez, D.N.I. 26.132.197, con domicilio en C/ Navas de Tolosa 4-6 de Jaén, el Consejo de Gobierno de Andalucía, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación en su reunión del día 20 de mayo de 1987

RESUELVE:

Imponer a D. Francisco López Martínez D.N.I. 26.132.197 y domiciliado en Linares (Jaén), las siguientes sanciones: 1. Multa de ocho millones de pesetas (8.000.000 ptas.) como responsable de la falta tipificada como muy grave en el art. 28.1 de la LJACAA, esto es, organizar el juego de los boletos o cupones MAE en la provincia de Jaén sin poseer autorización administrativa previa. 2. Multa de ocho millones de pesetas (8.000.000 ptas.) asimismo, como responsable de la infracción muy grave tipificada en el art. 28o de la misma norma legal consistente en distribuir los boletos o cupones MAE sin poseer previa autorización administrativa. 3. Asimismo y con carácter accesorio, cierre o clausura de la oficina MAE sita en C/ Navas de Tolosa 4-6 de Jaén, por un periodo de seis meses, en aplicación de lo dispuesto en el art. 31.2 de la Ley 2/86, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dichas sanciones deberán constar abonadas, en el plazo de quince días, contados desde el siguiente al que se practique la notificación de esta resolución, en la Delegación de Gobernación de Jaén con apercibimiento de que en caso contrario se procederá por dicha Delegación a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio. Contra esta Resolución, podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso administrativo en el plazo de un mes y con los requisitos señalados en los arts. 52 y siguientes de la Ley reguladora de dicha jurisdicción, de 27 de diciembre de 1956, ante el Consejo de Gobierno de Andalucía.

Sevilla, 20 de mayo de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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