Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 23/6/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 16 de junio de 1987, por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia núm. 203 de la Magistratura de Trabajo núm. 2 de Cádiz, de fecha 3 de abril de mil novecientos ochenta y siete, recaída en proceso seguido a instancia de don José Manuel Pérez Rodríguez como Delegado de Personal del Pemares.

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Ilmos. Sres.:

Habiéndose dictado por la Magistratura de Trabajo nº 2 de Cádiz, con fecha 3 de abril del corriente año, Sentencia nº 203 en proceso seguido contra el Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica (Pemares), dependiente de la Dirección General de Pesca de esta Consejería, por D. José Manuel Pérez Rodríguez, como Delegado de personal del referido PEMARES, siendo firme dicha Sentencia según Certificado del Secretario de la referida Magistratura, de fecha 21 de mayo de 1987. Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando en parte la demanda deducida por D. José Manuel Pérez Rodríguez, como Delegado de personal de la empresa Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica (PEMARES) contra la indicada empleadora, por conflicto colectivo sobre indemnización por traslado del centro de trabajo y plus de distancia, debo condenar y condeno a la demandada a: primero, que abone a sus productores el plus de distancia de diez pesetas/kilómetro para el año mil novecientos ochenta y cinco y segundo a que por dicho plus e indemnizaciones por traslado ya devengadas, le satisfaga las siguientes cifras a don Ignacio Alfaro Ruiz, setenta y una mil doscientas (71.200) pesetas; a don Rafael Crespo Camacho, setenta y seis mil cuatrocientas (76.400) pesetas; a don Ezequiel Guillén Horzal, ochenta y ocho mil cuatrocientas (88.400) pesetas; a don Jesús Méndez Cifuentes, ochenta mil cuatrocientas (80.400) pesetas; a don José Manuel Pérez Rodríguez, sesenta y seis mil cuatrocientas (66.400) pesetas; a don Luis Felipe Ramírez de Arellano, ochenta y tres mil doscientas (83.200) pesetas; a don Manuel Saavedra Martín, doscientas nueve mil ciento veinte (209.120) pesetas; a don J. Andrés Santiago Pereira, ciento trece mil doscientas (113.200) pesetas; a doña Pilar Sicre Buenaga, sesenta y tres mil seiscientas (63.600) pesetas; a don Nicolás Vázquez Salas, ochenta mil cuatrocientas (80.400) pesetas; a don Juan Antonio Alarcón López, setenta y seis mil ochocientas (76.800) pesetas; a doña María Angeles Bruzón Gallego, ochenta y tres mil doscientas (83.200) pesetas; a don Salvador Cárdenas Rojas, ochenta y siete mil doscientas (87.200) pesetas; a don Luis Lubián Chaichio setenta y cuatro mil cuatrocientas (74.400) pesetas; a don José Luis Marenco Sierra, ochenta mil (80.000) pesetas; a don Francisco Repiso Carrasco, ochenta y una mil seiscientas (81.600) pesetas; a don Jaime Río Estévez, setenta y nueve mil doscientas (79.200) pesetas; a don Francisco Ramos Ruiz, noventa mil (90.000) pesetas; a don Juan Alarcón Daza, treinta y una mil trescientas (31.300) pesetas; a doña Inmaculada Arroyo Alvarez, catorce mil ochocientas (14.800) pesetas; y a don José María Naranjo Márquez, seis mil ochocientas (6.800) pesetas".

Esta Consejería, a los efectos del artículo 26.3 de la Ley 5/83, de 19 de julio, (BOJA del 26 de julio de 1983), ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la presente Sentencia.

Lo que comunico a VV.II.

Sevilla, 16 de junio de 1987

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

Ilmos. Sres. Viceconsejero

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