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Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del Acuerdo de 3 de junio de 1987, del Consejo de Gobierno, publicado en el BOJA nº 51 de 13 de junio de 1987, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones!
Página: 2.047
Donde dice:
3º OBJETO:
Es objeto del Plan General de Actuación:
1) Velar e informar el grado de cumplimiento de la normativa vigente a través de:
Comprobación de la legalidad de la situación del personal dentro de la estructura.
Verificación de la existencia de controles internos y establecimientos de indicadores.
Valoración de su eficacia.
Control de legalidad del procedimiento.
Legalidad del trámite administrativo.
Ejecución de las competencias asignadas.
2) Comprobar el nivel de rendimiento de las Unidades y personas encargadas de la tramitación de los expedientes y ejecución de las resoluciones mediante:
La identificación de los medios adscritos y la de los recursos ociosos si lo hubiere.
Agilidad en el trámite deducida de modelos tipo y tiempos medios. Nivel de gestión en relación con la carga de trabajo. 3) Verificar el grado de interrelaciones de los Departamentos a través de:
Verificación y planificación de los circuitos. Distribución de fases de trabajo entre Delegaciones Provinciales y Servicios Centrales.
4) Determinación de la eficacia y adecuación del trámite en función de: Recursos administrativos y contencioso-administrativos. Quejas y denuncias de los administrados.
Objetivos conseguidos.
Situación respecto a años anteriores.
Debe decir:
3º OBJETO.
Es objeto del Plan General de Actuación:
1) Determinación de la eficacia y adecuación del trámite en función de: Recursos administrativos y contencioso-administrativos. Quejas y denuncias de los administrados.
Objetivos conseguidos.
Situación respecto a años anteriores.
2) Velar e informar el grado de cumplimiento de la normativa vigente a través de:
Comprobación de la legalidad de la situación del personal dentro de la estructura.
Verificación de la existencia de controles internos y establecimientos de indicadores.
Valoración de su eficacia.
Control de legalidad del procedimiento.
Legalidad del trámite administrativo.
Ejecución de las competencias asignadas.
3) Comprobar el nivel de rendimiento de las Unidades y personas encargadas de la tramitación de los expedientes y ejecución de las resoluciones mediante:
La identificación de los medios adscritos y la de los recursos ociosos si los hubiere.
Agilidad en el trámite deducida de modelos tipo y tiempos medios. Nivel de gestión en relación con la carga de trabajo. 4) Verificar el grado de interrelaciones de los Departamentos a través de:
Verificación y planificación de los circuitos. Distribución de fases de trabajo entre Delegaciones provinciales y Servicios Centrales.
Sevilla, 2 de julio de 1987
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