Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 24/7/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 13 de julio de 1987, por la que se regulan las ayudas con destino a la financiación de proyectos de investigación en materia de política territorial y urbana.

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Ilustrísimos Señores:

Creado el Centro de Estudios Territoriales y Urbanos por Decreto

279/1986, de 8 de octubre se le encomiendan las funciones propias de la realización y difusión de estudios en materia de ordenación territorial, de mejora en el conocimiento e información de la realidad territorial de Andalucía, y la programación, coordinación y difusión de la Cartografía en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

La concesión de ayudas para la financiación de proyectos de investigación en las materias antes apuntadas obliga a establecer el régimen básico para dicho fin.

Por todo ello, en virtud de lo establecido en el art. 44,4 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, en aplicación de lo dispuesto en el art. 17 de la Ley 1/87 de 30 de enero de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1987, y a propuesta del Centro de Estudios Territoriales y Urbanos, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. La concesión de subvenciones o ayudas con destino a la financiación de proyectos de investigación en materia de política territorial y urbana se ajustará a las normas establecidas en la presente Orden.

Segundo. Las ayudas se adjudicarán por el sistema de concurso. Para el año 1987 se convocan las siguientes:

Grupo 1º. Ayudas dotadas con 600.000 ptas. Tres ayudas para los proyectos seleccionados, que libremente se propongan, y que supongan una contribución al análisis de: La formación del Sistema Urbano de Andalucía. La formación del Sistema Hidráulico de Andalucía. La formación del Sistema Viario de Andalucía. Grupo 2º. Ayudas dotadas con 1.000.000 ptas. 2.A. Una ayuda para el proyecto seleccionado, que libremente se proponga en torno al tema: "Nuevas poblaciones y núcleos planificados en Andalucía. Contribución a su conocimiento y protección". 2.B. Una ayuda para el proyecto seleccionado que desarrolle el tema "El ferrocarril en la mitad oriental de Andalucía. Proyectos y realizaciones. El contenido del tema versará sobre los siguientes aspectos: Recopilación y análisis de los proyectos habidos, tanto de los realmente realizados con las alternativas consideradas. Análisis de los objetivos económico-sociales previstos con la implantación del ff.cc.

Estimación de su influencia territorial y urbana. Análisis de la situación actual y de las perspectivas de futuro. 2.C. Una ayuda para el proyecto seleccionado que desarrolle el tema: "Evolución demográfica y poblacional de la zona central de la provincia de Almería comprendida por los ámbitos funcionales de Fiñana, Tabernas, Tíjola, Olula del Río-Macael y Albox".

El estudio realizará una caracterización demográfica general de la zona, relacionando estas variables con los generales que incidan en el desarrollo futuro de los ámbitos funcionales delimitados. Se efectuará asimismo un estudio demográfico particularizado por un ámbito funcional en regresión, Tabernas, debiendo analizar con máximo detalle:

La estructura actual y la dinámica reciente de los municipios comprendidos en este ámbito.

Las consecuencias poblacionales y demográficas que la actual estructura demográfica generará en la evolución futura del mismo. Las limitaciones al desarrollo productivo del ámbito por el envejecimiento progresivo de su población. Los problemas derivados de la infrautilización/déficits del capital social fijo (vivienda y equipamientos sociales). El trabajo deberá concluir señalando las relaciones que estas características, conocidas con detalle, guardan con la zona en que el citado ámbito se encuadran.

Se utilizará al efecto la última información disponible (Padrón 86) complementándose con los trabajos de campo precisos. 2.D. Una ayuda para el proyecto seleccionado que desarrolle el tema: "Evolución demográfica y poblacional de la franja occidental de la provincia de Huelva comprendida por los ámbitos funcionales de Cortegana, Puebla de Guzmán, Villanueva de los Castillejos y Ayamonte-Isla Cristina". El estudio realizará una caracterización demográfica general de la zona, relacionando estas variables con las generales que incidan en el desarrollo futuro de los ámbitos funcionales delimitados. Se efectuará así mismo un estudio demográfico particularizado para los ámbitos funcionales en regresión de Villanueva de los Castillejos y Puebla de Guzmán, debiendo analizar con máximo detalle:

La estructura actual y la dinámica reciente de los municipios comprendidos en estos ámbitos.

Las consecuencias poblacionales y demográficas que la actual estructura demográfica generará en la evolución futura de los mismos. Las limitaciones al desarrollo productivo de cada ámbito por el envejecimiento progresivo de su población.

Los problemas derivados de la infrautilización/déficits del capital/social fijo (viviendas y equipamientos sociales). El trabajo deberá concluir señalando las relaciones que estas características conocidas con detalle guardan con la zona en que los citados ámbitos se encuadran.

Se utilizará al efecto la última información disponible (Padrón 86) completándose con los trabajos de campo precisos.

Grupo 3º. Una ayuda dotada con 1.500.000 pesetas.

Una ayuda para el proyecto seleccionado que desarrolle el tema "La formación de la ciudad desde la intervención pública en Andalucía: Guía para su reconocimiento en los últimos 50 años".

El estudio abordará los siguientes aspectos:

El marco general de la intervención pública en materia de suelo y vivienda: aspectos socio-económicos, culturales y políticos. Modalidades de la intervención pública: la política de suelo (residencial e industrial) y la política de vivienda pública. Organos gestores e instrumentos de intervención.

La intervención pública en el desarrollo del planeamiento municipal. Compilación sistemática y comentario general acerca de la legislación producida así como de las fuentes documentales existentes de las intervenciones efectuadas.

Tercero. Los requisitos necesarios para participar en el concurso son los siguientes: Poseer nacionalidad española y estar en posesión del título de Grado Superior. Los candidatos a las Ayudas del Grupo 1º deberán haber finalizado sus estudios en el curso académico 1979-1980 o posteriores.

Cuarto. Los solicitantes, que podrán serlo a título individual o constituidos en grupo investigador, deberán aportar la siguiente documentación:

a) Instancia, según modelo Anexo I.

b) Currículum académico-profesional del concursante o representante del grupo investigador, así como, en este último caso, de los colaboradores que participen en el proyecto. El representante del grupo investigador adjuntará una fotocopia debidamente legalizada de la Certificación de estudios o título que le capacite para participar en el concurso. c) Documentación acreditativa de estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales.

d) Metodología del proyecto de investigación, explicitando: Objetivos, Metodología, Planteamiento operativo del proyecto, Fases de realización y Calendario.

e) Bibliografía y documentación de apoyo sobre el tema. f) Los candidatos a las Ayudas del Grupo 2º y 3º expresarán los medios instrumentales o de otro tipo que se pretendan utilizar para la realización del proyecto.

Quinto. Las solicitudes y documentación requeridas podrán ser presentadas desde el día mismo de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el día 15 de septiembre incluido.

Dicha documentación se entregará en mano o por correo postal certificado y en un solo sobre cerrado con la indicación "Ayudas a la Investigación

-C.E.T.U.- Grupo...", en la Consejería de Obras Públicas y Transportes

-Centro de Estudios Territoriales y Urbanos Plaza de la Contratación no 3

-41071- Sevilla.

Sexto. El jurado de selección del concurso estará compuesto del siguiente modo:

Presidente: El Director General del C.E.T.U. Vocales: El Secretario General Técnico, los Directores Generales de Universidades e Investigación, Urbanismo, Carreteras, Transportes, Obras Hidráulicas y Arquitectura y Vivienda. Secretario: Un Jefe de Servicio designado por el Director General del C.E.T.U.

Séptimo. El jurado de selección, a la vista de los proyectos, podrá optar entre adjudicar todas las ayudas, declarar desierta alguna de ellas o incrementar las adjudicaciones de algunos grupos a costa de módulos que pudieran haber quedado disponibles en otros. En todo caso las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría y tomarán como referencia para la selección la Memoria del Proyecto de Investigación, el currículum académico-profesional de los concursantes y la bibliografía y documentación que aporten en apoyo del tema a cuya adjudicación concursan los participantes.

El Presidente tendrá voto de calidad y los resultados de las adjudicaciones serán firmes e inapelables.

Octavo. El fallo del Jurado de selección se hará público mediante inserción en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", y se notificará por correo certificado a los adjudicatarios.

Noveno. Los proyectos seleccionados deberán realizarse en plazo no superior a un año, contado desde la notificación de la adjudicación de la respectiva ayuda. Dicho límite de plazo será improrrogable.

Décimo. El C.E.T.U. designará un Coordinador para cada uno de los proyectos seleccionados. Los adjudicatarios de las ayudas quedarán obligados a mantener continuado contacto con su respectivo Coordinador, seguir sus indicaciones y presentarle los informes de situación que resulten pertinentes a la vista de las correspondientes fases de realización previstas en la Memoria del Proyecto.

El contenido de los proyectos seleccionados podrá ser objeto de las modificaciones que se consideren necesarias en orden a la adecuación, a los cometidos y programas asignados a esta Dirección General.

Decimoprimero. El abono del importe de las ayudas se efectuará del siguiente modo:

El 20% (veinte por ciento) se certificará, dentro del plazo de treinta días siguientes a la notificación de la adjudicación.

El 50% (cincuenta por ciento) se distribuirá en partes iguales entre cada una de las fases de realización en que esté previsto realizar el proyecto, previa certificación de conformidad del Coordinador. De estas cantidades se detraerán de oficio por la Administración las cargas fiscales que correspondan.

Decimosegundo. La Consejería de Obras Públicas y Transportes se reserva el derecho de decidir la publicación y difusión, por cualquier medio, del resultado de los proyectos seleccionados. En todo caso, tanto el informe o estudio final como todo el material documental obtenido en el curso de las investigaciones, pasarán a formar parte del fondo de documentación del C.E.T.U. La publicación o utilización del resultado de la Investigación, de acordarse, se realizaría mencionando el nombre de su autor o autores.

Decimotercero. El adjudicatario deberá entregar original y dos copias debidamente encuadernadas, del trabajo realizado, cada una de ellas acompañadas de un resumen con extensión comprendida entre cinco y diez páginas, a doble espacio, con el que de forma clara y concisa, se refleje el contenido y principales aportaciones del trabajo realizado. Los trabajos se presentarán en formato DIN A-4 ó DIN A-3, los formatos se mecanografiarán por una sola cara. La documentación gráfica -planos- contenida en el trabajo se presentará debidamente encarpetada y plegada, en su caso, en los formatos arriba indicados.

La entrega de los citados documentos al Coordinador y la aceptación de los criterios por parte de éste, constituyen requisitos indispensables para la recepción definitiva.

Decimocuarto. El Centro de Estudios Territoriales y Urbanos, a propuesta del respectivo Coordinador, podrá revocar la concesión de una ayuda si concurriera alguna de las siguientes causas:

a) Haber mediado falsedad u omisión de datos o informaciones relevantes en la documentación de solicitud.

b) Que el adjudicatario no presente en plazo y forma, los informes que le sean solicitados por su respectivo Coordinador, o el trabajo o informe final.

c) Falta de calidad y contenido previstos en el proyecto inicial según informe del Coordinador.

En tales casos, el Centro de Estudios Territoriales y Urbanos, apreciando las circunstancias concurrentes y las fases cumplidas del trabajo podrá exigir al interesado la devolución total o parcial de las cantidades abonadas, que serán reintegradas por éste al Tesoro Público, o la suspensión de los pagos pendientes.

Decimoquinto. La presentación al concurso implica la aceptación de las presentes bases en todos sus términos.

Decimosexto. Se faculta al Director General del C.E.T.U. para que en ejecución de la presente convocatoria pueda adoptar las medidas necesarias para su desarrollo las cuales no afectarán en ningún caso al régimen básico establecido en la presente Orden.

Decimoséptimo. Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que digo a VV.II., para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 13 de julio de 1987

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilustrísimos Señores: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General del Centro de Estudios Territoriales y Urbanos y Delegados Provinciales de la Consejería.

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