Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 18/9/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Fomento

ORDEN de 4 de septiembre de 1987, por la que se aprueban las tarifas de Autotaxis de Alcalá de Guadaira (Sevilla).

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El Consejero de Economía y Fomento, en virtud de las competencias atribuidas por la Orden de 6 de mayo de 1987, de la Consejería de Economía y Fomento,

HA RESUELTO

Aprobar las siguientes tarifas para Autotaxis de Alcalá de Guadaira.

TARIFA AUTORIZADA CONCEPTO (IVA incluido)

1. TARIFA ORDINARIA

Bajada de Bandera 74 pts

Por cada kilómetro recorrido 39 pts

Por hora de espera 1.023 pts

2. SUPLEMENTOS NORMALES

Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 32 pts Días festivos desde las 0 a las 24 horas 46 pts Servicios nocturnos días laborales desde las 22 a las 6 horas 46 pts

3. SERVICIOS ESPECIALES

Feria y Romerías 25%

Bodas y Bautizos 25%

Carrera Mínima 176 pts

Para la aplicación de estas tarifas se tendrán necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986 del Consejo de Gobierno.

Dichos precios entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de septiembre de 1987.

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

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