Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 30/12/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 28 de diciembre de 1988, por la que se convocan ayudas para financiar determinadas actividades de las Organizaciones Profesionales Agrarias de Andalucía.

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Ilmo. Sr.:

La adhesión española a la Comunidad Económica Europea plantea para la agricultura andaluza la necesidad de obtener claros y fundamentados conocimientos de las repercusiones que dicha adhesión trae consigo. Con este motivo resulta conveniente para la política agroalimentaria andaluza, en la línea de las ayudas previstas por la Consejería de Agricultura y Pesca, fomentar las actividades de las Organizaciones Profesi o. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Organizaciones Profesionales Agrarias y, en su caso, las Federaciones o Confederaciones integradas por las mismas, que desarrollan sus actividades en el ámbito territorial andaluz y que acrediten el depósito de sus Estatutos en la oficina competente.

Artículo 3o.1. Las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Agricultura y Pesca, Dirección General de Política Agroalimentaria y Agricultura Asociativa, acompañadas de una memoria que contendrá el plan de actividades en que se detallen las acciones a realizar y el presupuesto de las mismas, distribuido según las diferentes actuaciones que se propongan, así como previsión relativa al número de participaciones que se calculan.

Asimismo, acompañarán certificación del título de constitución y del depósito de sus Estatutos.

2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Pesca (Avda. República Argentina, 23 planta 1a).

3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. La presente convocatoria se resolverá por Orden del Consejero de Agricultura y Pesca y se le comunicará a cada organización la cantidad concedida, así como las instrucciones para su percepción y posterior justificación debiendo presentar como conclusión de las actividades, memoria sobre resultados de la ejecución de las mismas.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de diciembre de 1988

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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