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El Decreto 156/1983, de 10 de agosto, por el que se regula la concesión de Títulos Honoríficos, en su artículo primero crea el Título de "Hijo Predilecto de Andalucía", para quienes se hagan acreedores al mismo por su trabajo o acciones culturales, científicas, sociales o políticas que redunden en beneficio de Andalucía.
En consideración a los notorios méritos de D. Pablo García Baena, poeta andaluz fundador de la revista "Cántico", autor de una obra poética muy singular, por la confluencia única y personalísima de las dos vetas -la colorista y la sobria- que forman el romanticismo andaluz y que constituye toda ella una intensa elegía, por iniciativa de las Consejerías de Presidencia y Cultura se incoó el correspondiente expediente previsto en el artículo segundo del citado Decreto 156/1983. En virtud de lo expuesto, a propuesta del Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de febrero de 1988,
D I S P O N G O :
Artículo único. Se concede al Excmo. Sr. D. Pablo García Baena la alta distinción de "Hijo Predilecto de Andalucía" con todos los derechos y honores previstos en el Decreto 156/1983 de 10 de agosto.
Sevilla, 24 de febrero de 1988
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de la Presidencia
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