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La Orden de 29 de julio de 1987 (BOJA n{ 68, de 1.9.87) de la Consejería de Agricultura y Pesca, prorrogaba, hasta el 31 de diciembre de 1987, los mandatos de los Organos Rectores de las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones de la Comunidad Autónoma Andaluza. Teniendo en cuenta que las consultas y los estudios que se vienen llevando a cabo para la elaboración de las normas sobre dichas Corporaciones sectoriales aún no han sido concluidas, parece oportuno establecer una nueva prórroga.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas.
DISPONGO:
Artículo Primero. Se prorrogan los mandatos de los Organos Rectores de las Cofradías de Pescadores y de sus Federaciones constituidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, hasta tanto se adopte la normativa que regule estas Entidades y las elecciones de sus órganos rectores.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero del año mil novecientos ochenta y ocho.
Sevilla, 30 de diciembre de 1987
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
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