Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 15/4/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 30 de marzo de 1988, sobre modificaciones al Plan General de ordenación urbana de Jerez de la Frontera (Cádiz).

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Examinado el expediente tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) relativo a la Ia Modificación al Plan General de Ordenación Urbana, aprobado provisionalmente el 30 de abril de 1987 y elevado a esta Consejería a los efectos de lo dispuesto en los arts.

35.1.c), 41 y 49 de la Ley del Suelo.

Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, los Reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo. Vistos los informes de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por aplicación de lo dispuesto en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación con el art. 35 de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente el expediente de Ia Modificación al Plan General de Ordenación Urbana de Jerez de la Frontera, aprobado provisionalmente por el Excmo. Ayuntamiento de Jerez, con las especificaciones que figuran en los apartados segundo y tercero de esta resolución, careciendo de ejecutoriedad las determinaciones afectadas en tanto no se lleven a cabo las actuaciones que se señalan en la presente resolución, de conformidad con lo previsto en el art. 56 de la Ley del Suelo.

Segundo. Suspender las determinaciones del expediente en lo concerniente a la Modificación nº 3.2.6, relativa a la Unidad de Actuación denominada "Avenida", al objeto de que se efectúe su tramitación, de acuerdo con las previsiones del art. 50 de la Ley del Suelo.

Tercero. La Modificación no 1 relativa al Polígono Sur mantendrá las previsiones del "Parque Suroeste" establecidas en el Plan General, aprobado por resolución de 30 de noviembre de 1984, con independencia de la clasificación de suelo propuesta en la Modificación, Suelo Urbanizable no Programado, en lugar, de la primitiva, Suelo Urbano.

Cuarto. La Ia Modificación, objeto de aprobación definitiva, se integrará en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Jerez de la Frontera, cuya redacción se preveía en el apartado quinto de la resolución de 30 de noviembre de 1984, sobre Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Jerez.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en el de la provincia de Cádiz, a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y a los interesados. Contra la presente resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el contencioso-administrativo que deberá interponerse ante la sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 30 de marzo de 1988.

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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