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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, 109, 112.1, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la Legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4. de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º. Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta pública de una parcela, sobrante de la vía pública, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Los Villares (Jaén), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrado el 25 de noviembre de 1987, y cuya descripción es la siguiente: Parcela sobrante de vía pública de 45m2 sita en calle maestro Juan Tuñon. Esta valorada en 180.000,ptas.
2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de los Villares (Jaén).
3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de marzo de 1988
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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