Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 26/4/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 19 de abril de 1988, por la que se ordena el cumplimiento de la sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo de 8 de julio de 1987.

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En el recurso contencioso-administrativo número 979/86-DF promovido por Prensa Española, S.A. contra la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, seguido en primera instancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla y en apelación con el número 1.153/87 ante la Sala 5a del Tribunal Supremo, sobre discriminación del periódico ABC de Sevilla en campaña de publicidad institucional sobre el Metro de Sevilla, se pronunció sentencia el 8 de julio de 1987 en dicha apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:

"FALLAMOS: Que estimando parcialmente los recursos de apelación promovidos por las representaciones de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la misma Capital, de fecha 7 de octubre de

1986, por la que fue parcialmente estimado el recurso 979 de 1986, entablado por la representación de Prensa Española, S.A. de conformidad con las normas de la Ley 62/1987, contra las denegaciones presuntas impugnadas, debemos confirmar y confirmamos la mencionada sentencia en cuanto anuló aquellas resoluciones por conculcar el artículo 14 de la Constitución y la revocamos en el particular que reconoce a la sociedad actora del derecho a ser indemnizada por el beneficio comercial dejado de obtener, cuyo concreto pronunciamiento, que dejamos sin efecto, sustituimos por la obligada publicación en el periódico ABC, a costa de las administraciones demandadas y en la proporción en que la sufragaron, de la campaña institucional desarrollada en los mismos términos en que se produjo en los otros dos periódicos sevillanos, sin que hagamos pronunciamiento especial sobre las costas causadas. Así por nuestra sentencia definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos".

En consecuencia y de acuerdo con lo dispuesto en el artº 105 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispongo que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Sevilla, 19 de abril de 1988

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

Iltmo. Sr. Viceconsejero de la Presidencia.

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