Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 19/1/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Fomento

ORDEN de 30 de diciembre de 1987, por la que se autoriza la transferencia de concesiones y autorizaciones administrativas otorgadas a Compañía Española, de Gas, S.A., para el suministro de gas en Cádiz y Málaga, a favor de Gas Andalucía, S.A.

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Con el fin de promover el desarrollo de la industria del gas y especialmente, para conseguir una mayor participación del gas natural en el abastecimiento energético nacional, se suscribió el 23 de julio de

1985 el denominado "Protocolo del Gas", entre la Administración y las empresas públicas y privadas del sector.

Por lo que se refiere a Andalucía, entre otros importantes acuerdos contenidos en el citado documento relativos al desarrollo de su infraestructura gasista, se preveía la constitución de una Sociedad distribuidora de gas en nuestra Comunidad Autónoma, con participación de las empresas del sector que venían operando en su ámbito territorial. Constituida con esta finalidad Gas Andalucía, S.A., y con el propósito de asumir en el plazo más breve posible las actividades de distribuición de gas canalizado en el territorio de esta Comunidad Autónoma, Compañía Española de Gas, S.A. y la citada Sociedad han solicitado conjuntamente de esta Consejería autorización para efectuar la transferencia a esta última, de las concesiones y autorizaciones administrativas de las que actualmente es titular Compañía Española de Gas, S.A., en Cádiz y Málaga. Las mencionadas concesiones son las siguientes:

Cádiz

1. Autorización municipal desde el año 1870 para el suministro de gas y posterior regularización de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria 4. del Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles de 26 de octubre de 1973.

2. Autorización administrativa de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, otorgada mediante resolución de 18 de abril de 1985, para proceder a la sustitución de gas ciudad por aire propanado en la ciudad de Cádiz.

Málaga.

1. Concesión y autorización administrativa otorgadas por el Ministerio de Industria, por Orden de 23 de marzo de 1968 para el Servicio público de suministro de gas, referidas a aumento de la capacidad de producción de las instalaciones de la fábrica de gas de Málaga.

2. Autorización administrativa otorgada por la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, por resolución de 18 de enero de 1980, para el aumento de la capacidad de producción de la fábrica de gas de Málaga.

Esta Consejería, a propuesta de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, vista la solicitud formulada conjuntamente por Catalana de Gas, S.A., y Gas Andalucía, S.A., teniendo en cuenta las ventajas que para la ordenación y promoción del sector dentro del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma resultarán de la transferencia solicitada, y en virtud de lo establecido en el Art. 7. de la Ley 10/1987 de junio, de disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de actuaciones en materia de combustibles gaseosos, y en el Art. 14 del Reglamento General del Servicio Público de gases Combustibles aprobado por Decreto 2913/1973 , de 26 de octubre ha resuelto:

Autorizar la transferencia de las concesiones y autorizaciones antes indicadas de Compañía Española de Gas, S.A., a Gas Andalucía, S.A. La presente autorización queda subordinada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Gas Andalucía, S,.A., se subrogará en todas las obligaciones y derechos de Compañía Española de Gas, S.A., en relación con las concesiones y autorizaciones que se transfieren de forma que quede garantizada la continuidad del servicio público de gas que la última entidad citada venía prestando en los términos municipales de Cádiz y Málaga.

Segunda. Una vez realizada la transferencia que se autoriza se presentará ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas el documento público en que dicha transferencia se formalice.

Tercera. Ambas Entidades darán cumplimiento a las obligaciones que en relación con la inscripción de la titularidad en el Registro Industrial resultan de lo previsto en el Decreto 1775/1967 de 22 de julio debiendo comunicar anticipadamente a las respectivas Delegaciones Provinciales de esta Consejería en Cádiz y Málaga la fecha en la que Gas Andalucía, S.A., comience a utilizar las instalaciones para prestar el servicio de suministro público de gas en virtud de la transferencia que se autoriza por la presente Orden.

Cuarta. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones precedentes, dará lugar a que quede sin efecto esta autorización de transferencia. Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos oportunos.

Sevilla, 30 de diciembre de 1987

JOSE A. RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

Ilmo. Sr. Director General de Industria, Energía y Minas.

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