Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo primero del Decreto del Presidente 50/1988, de 29 de febrero, sobre reestructuración de las Consejerías, ante la ausencia del Presidente de la Junta de Andalucía durante los días 8 al
12 de junio de 1988,
DISPONGO:
Artículo único: El Consejero de Gobernación, Don Manuel Gracia Navarro, desempeñará las funciones de Presidente de la Junta de Andalucía con las excepciones contenidas en el artículo 19 de la Ley 6/1983, de 21 de julio , del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante los días 8 al 12 de junio de 1988, ambos inclusive por ausencia del Presidente.
Sevilla, 7 de junio de 1988
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
Descargar PDF