Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 21/6/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 10 de mayo de 1988, por la que se convoca el II concurso de ideas sobre diseño publicitario para actividades juveniles, como actuación en el marco del programa Andalucía Joven.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Consejería de Cultura, dentro de su Política de Juventud y en desarrollo de las actuaciones que integran el Programa "Andalucía Joven" en el área de Promoción Cultural, Ocio y Tiempo Libre, tiene como objetivo fomentar y potenciar el desarrollo de la capacidad artística de los jóvenes así como impulsar y consolidar los proyectos ya iniciados de grupos de jóvenes en el campo del diseño publicitario en el campo del diseño publicitario.

Para alcanzar el objetivo indicado, esta Consejería de Cultura, a propuesta de la Dirección General de Juventud, dando cumplimiento al artículo 12 del Decreto 31/1988 de 17 de febrero, por el que se establece la estructura organizativa del Programa "Andalucía Joven" y se regula el procedimiento para su desarrollo, y previo informe del Comité Interdepartamental para la Juventud, convoca por la presente Orden el II Concurso de Ideas sobre Diseño Publicitario para Actividades Juveniles, incluido en la Campaña "Expresión Plástica Juvenil", de acuerdo con las siguientes Bases:

Primera. Participantes.

Podrán participar los jóvenes andaluces o residentes en Andalucía de forma individual o colectiva, con edades comprendidas entre los 18 y 30 años, que tengan interés en el campo del diseño publicitario. Se establecen dos grupos:

Grupo 1º. Para jóvenes mayores de 18 años y menores de 21. Grupo 2º. Para jóvenes mayores de 21 años y menores de 30. Los colectivos de jóvenes que participen en este grupo, podrán estar compuestos hasta por un 20% de jóvenes que sobrepasen la edad estipulada para este grupo.

Todas las edades se entenderán cumplidas dentro de 1988.

Segunda. Temas.

Los proyectos se orientarán en la línea de difusión publicitaria de las actividades y campañas que organiza la Dirección General de Juventud y tomarán la forma de carteles, dípticos, adhesivos o cualquier otro formato que resulte innovador en este campo.

Se valorará la adecuación de los diseños a las inquietudes y expectativas de los jóvenes actuales.

Cada participante deberá presentar tres proyectos: Uno versará obligatoriamente sobre el Programa "Andalucía Joven". Los dos restantes podrán tratar los siguientes temas: Utilización de Albergues y Residencias Juveniles. Utilización de Casas de Juventud.

Verano para jóvenes.

Juventud y Cultura.

Juventud y Medio Ambiente.

Asociacionismo Juvenil.

Intercambios Internacionales.

Campañas de Información y Documentación Juvenil.

Tercera. Obras.

Los participantes presentarán bocetos acabados de sus proyectos, realizados en cualquier tipo de técnica bidimensional y montados sobre soporte rígido y plano, no bastidor, que permita el embalaje y su posterior exposición con seguridad. No se admitirán obras montadas en cristal.

La medida del lado mayor de la obra, ya montada, no excederá de 100 cms., ni será inferior a 50 cms.

En los trabajos presentados deberán figurar los anagramas de la Junta de Andalucía, Consejería de Cultura.

Cuarta. Inscripción y Documentación.

El Boletín de Inscripción, que figura anexo a la presente Orden, firmado por todos los autores, se presentará dirigido al Ilmo. Sr. Director General de Juventud, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura en un plazo de 120 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOJA, pudiendo emplear cualquiera de los medios previstos para ello en la Ley de Procedimiento Administrativo.

A este Boletín se acompañará:

Autorización para la reproducción, distribución, publicación o transformación de la obra presentada, conforme al modelo que se incluye al final de esta Orden.

Dossiers de las obras, separados por temáticas.

Memoria explicativa en la que se expliquen los conceptos de comunicación utilizados, así como cuanto se estime conveniente para la mayor comprensión del proyecto: no podrá exceder de 10 folios mecanografiados a doble espacio.

Fotocopia del D.N.I. de cada participante.

Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura, remitirán los originales y la documentación presentada a la Dirección General de Juventud en los cinco días siguientes a la finalización del plazo de presentación.

Quinta. Jurado.

La selección de las obras será realizada por un Jurado presidido por el Director General de Juventud o persona en quien delegue y asistido por cuatro vocales que sean profesionales de reconocido prestigio en el campo de las Artes Plásticas, el diseño publicitario y el mundo juvenil, actuando como secretario un miembro de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Cultura.

Para los criterios de selección se tendrá en cuenta lo establecido en la Base Segunda.

El fallo del Jurado se hará público y será firme e irrevocable.

Sexta.

Los miembros del Jurado no funcionarios, recibirán una gratificación por asesoramiento y gastos de manutención, alojamiento y transporte, estrictamente necesario.

Séptima. Premios.

Se establecen los siguientes premios:

Grupo 1º.Primer premio: 300.000 ptas.

Segundo premio: 100.000 ptas.

Grupo 2º.Primer premio: 400.000 ptas.

Segundo premio: 150.000 ptas.

A juicio del Jurado se podrá declarar desierto cualquiera de los premios establecidos, pudiendo otorgar en estos casos accésits de 100.000 ptas. sin que exceda del total estipulado para premios.

Octava. Exposición.

Con las obras premiadas y las que el Jurado considere conveniente seleccionar, la Dirección General de Juventud, celebrará una exposición en el lugar que determine, durante el año actual.

Novena. Propiedad y devolución de las obras.

Cualquier utilización y destino de las obras a las que hace referencia la presente Orden, se efectuará conforme a lo establecido por la Ley 22/87 de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, suscribiéndose el oportuno documento de autorización. Respetándose con ello la Propiedad Intelectual de los autores o coautores sobre las obras presentadas. Todas las obras premiadas quedarán en propiedad de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Cultura.

Los participantes cuyas obras no hayan sido seleccionadas y que deseen la devolución de éstas y la documentación, deberán adjuntar el Boletín de Inscripción un sobre normalizado, en el que se especifique persona y lugar donde quiera que se remita para su envío contra reembolso: no obstante, la organización comunicará a los interesados, lugar y plazo para la devolución de las obras.

La Dirección General de Juventud, podrá reproducir, previa autorización, de los interesados, por cualquier medio que estime oportuno, las obras que se presenten al Concurso, aún cuando no obtuviesen premio, con nombre, seudónimo, signo o anónimamente, según el autor determine, en caso de no ser determinado explícitamente por escrito, se tomará el primero de ello, conforme establece la Ley 22/87, antes citada.

Décima. Responsabilidad por daños y pérdidas de las obras. La Consejería de Cultura suscribirá una póliza que asegure hasta un máximo de 25.000 ptas., todas las obras presentadas al Concurso, y que cubra las posibles roturas, deterioros o extravíos, durante los traslados y exposiciones, desde la entrega de la obra en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura hasta su devolución.

Undécima. La participación en el Concurso supone la total conformidad y aceptación de estas Bases.

DISPOSICION FINAL

Se faculta al Director General de Juventud para fijar la cuantía de las gratificaciones que recibirá el Jurado en concepto de asesoramiento, transporte, manutención y alojamiento con un máximo de hora valor Jefe de Sección para el primer concepto, y para el resto las correspondientes a funcionarios del grupo II.

Sevilla, 10 de mayo de 1988

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

Descargar PDF