Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 5/8/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 19 de julio de 1988, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el ayuntamiento de Pechina (Almería), de una parcela de terreno afectada por las obras de ampliación del Colegio Público Juan Sáez Miró.

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La fuerte demanda de puestos escolares existente en la localidad de Pechina, determinó que para el presente curso escolar se habilitase un comedor del Colegio Público Juan Sáez Miró, para ubicar dos aulas de preescolar.

Para poder remediar tal eventualidad, el Ayuntamiento de Pechina acordó, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de febrero de 1988, solicitar del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de una finca afectada por las obras de ampliación del Colegio Público Juan Sáez Miró, a fin de construir dos aulas de preescolar y su correspondiente zona de recreo, una vez entendida la declaración de utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en el artículo

64 de la Ley del Suelo, ya que en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Pechina, aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo, el día 28 de noviembre de 1985, figura calificada dicha finca como sistema general de equipamiento social. Dado que la Corporación ha identificado plenamente el bien que ha de ser objeto de ocupación y practicado la correspondiente información pública, mediante inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería nº 62, de 15 de marzo de 1988, y en el Diario La Voz de Almería, de fecha de 25 de marzo de 1988, sin que durante el plazo de exposición se haya presentado ninguna reclamación o alegación contra la misma, procede declarar la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley. EL artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Goberanción y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de julio de

1988.

ACUERDO:

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ilmo. Ayuntamiento de Pechina (Almería), de una parcela colindante con el Colegio Público Juan Sáez Miró, para la construcción de dos aulas de preescolar con su correspondiente zona de recreo, y cuya descripción es la que sigue:

Parcela de terreno de 1.400 m2, propiedad de los Herederos de Da María Abad Verdegay, situada en el polígono 9; lindando al Norte, con Camino Norieta: al Este, con Acequia; y al Sur, con terrenos propiedad del Sr. Ferrer Cazorla.

Sevilla, 19 de julio de 1988

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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