Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 11/10/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de septiembre concede la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente Privado de Educación Permanente de Adultos Centro de Estudios Grund, de Málaga.

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Examinado el expediente instruido por D. José Francisco Olvera Maldonado, en su calidad de titular del Centro Privado de Educación Permanente de Adultos "Centro de Estudios Grund", con domicilio en c/ Trinidad Grund nº 7 de Málaga, en solicitud de autorización definitiva de un Centro de Educación Permanente de Adultos con 5 unidades, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 6º y siguientes del Decreto 1855/74, de

7 junio;

Resultando que el Centro Privado "Centros de Estudios Grund" ha obtenido la autorización previa, a la que alude el Artículo 5º del Decreto mencionado;

Resultando que en el expediente de autorización definitiva han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección y de la Unidad Técnica de Construcciones;

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los Centros no estatales de enseñanza; la Orden de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden de 14 de agosto de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden de 22 de mayo de

1978 (BOE del 2 de junio); y demás disposiciones complementarias; Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro docente Privado de Educación Permanente de Adultos "Centro de Estudios Grund", cuyo código es 29602165 y domicilio en Málaga c/ Trinidad Grund, nº 7, con 5 unidades de Educación Permanente de Adultos para 150 puestos escolares.

Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Sevilla, 22 de septiembre de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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