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De conformidad con lo dispuesto por el Real Decreto de 25 de octubre de
1930, que regula las denominaciones de los establecimientos oficiales de enseñanza, el art. 8 de la O.M. de 4 de noviembre de 1975, que aprueba el Reglamento provisional de los Centros oficiales de Formación Profesional, los art. 13 y 16 de la Ley Orgánica 5/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, así como el Real Decreto 3936/1982 de 29 de diciembre, sobre la transferencia de funciones y servicios de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Educación, vistos los Acuerdos de los Consejos Escolares, y los informes preceptivos de las distintas Delegaciones Provinciales.
Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto conceder a los Institutos de Formación Profesional que se relacionan las siguientes denominaciones específicas:
Primero. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Hinojosa del Duque (Córdoba), con domicilio en Pº de José Antonio nº 14, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional "Jerez y Caballero".
Segundo. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Rincón de la Victoria (Málaga), con domicilio en Urbanización Gran Sol, s/n, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional "Bezmiliana".
Tercero. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Alcalá de Guadaira (Sevilla), con domicilio en Prolongación Reyes Católicos, s/n, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional "Profesor Tierno Galván".
Sevilla, 22 de septiembre de 1988
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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