Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 2/2/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Fomento

ACUERDO de 23 de diciembre de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la declaración de zona de acción especial a la franja pirítica de Huelva.

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Dentro del Acuerdo de Concertación suscrito por la Junta de Andalucía y la Unión General de Trabajadores de Andalucía, se establece la posibilidad de declarar Zonas de Acción Especial a aquellas comarcas industriales en crisis, no sujetas a procesos específicos de reconversión. La franja pirítica de Huelva está afectada por importantes problemas socioeconómicos, la mayoría de ellos de carácter estructural, a los que se unen otros coyunturales. La zona del litoral ha actuado históricamente como polo de atracción, por diversos motivos: el desarrollo turístico de las playas, la ubicación de la capital provincial, así como la localización de la industria química. Este hecho ha contribuido a crear un desequilibrio considerable entre la zona costera y la sierra. Por otra parte, el desarrollo de la sierra se ha basado históricamente en la minería metálica, y concretamente en la pirita, sector que en la actualidad atraviesa ciertas debilidades coyunturales impuestas por el mercado.

La Junta de Andalucía, consciente de estos problemas está llevando a cabo una serie de actuaciones encaminadas, tando a paliar los efectos negativos de la crisis descrita, como intentar un relanzamiento económico de la zona. Entre estas medidas destacan el Acuerdo de 29 de julio de 1987 del Consejo de Gobierno, referente a proponer al Gobierno de la Nación, que tramite a la Comunidad Europea la declaración de la zona transfronteriza al ámbito territorial de la franja pirítica onubense, como zona objeto de un Programa Nacional de Interés Comunitario. Es intención de la Junta de Andalucía aunar todos los esfuerzos que se están realizando en la comarca, al objeto de conseguir el deseado efecto sinérgico, así como potenciar las actuaciones a realizar. Por lo expuesto, y a propuesta del Consejero de Economía y Fomento, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión del día 23 de diciembre de 1987 ha tomado el siguiente

A C U E R D O

Declarar como Zona de Acción Especial a la Cuenca Minera de Riotinto, en los términos descritos en el presente Anexo.

Sevilla, 23 de diciembre de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

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