Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 5/2/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de enero de 1988, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan cursos de formación para el personal de la Junta de Andalucía a celebrar durante 1988.

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El Artículo 2º del Decreto 50/1987, de 25 de febrero, establece como fin específico del Instituto Andaluz de Administración Pública el de la formación del personal al servicio de la Junta de Andalucía. Dentro de la programación de actividades de este Instituto para el año

1988 se han convocado ya los Cursos de Habilitación C-M5, D-M3 y E-M1 destinados primordialmente a la promoción profesional, así como el Curso de Estudios Territoriales y Urbanísticos cuyo objetivo es la promoción de expertos en estas materias.

Procede ahora continuando con el cumplimiento de dicho programa, convocar Cursos que suponen una variada oferta para la formación del personal al servicio de la Junta de Andalucía. Este conjunto de cursos quiere responder a las necesidades de formación comunes a todas las Consejerías y Organismos de la Junta de Andalucía y no obsta a la organización de cursos específicos para algún sector de actividad administrativa o de empleados públicos. Todo ello con independencia de la celebración de otros cursos o actividades que permitan al Instituto Andaluz de Administración Pública el cumplimiento del conjunto de sus fines.

Con la presente convocatoria, pues, se pretende dar a conocer el bloque de Cursos de Formación cuyos destinatarios son, en exclusiva, los profesionales al servicio de la Junta de Andalucía, lo que permitirá a éstos conocer con antelación su programación y elegir en consecuencia, entre los ofertados los que son objeto de su preferencia. Se logra, al tiempo, con esta convocatoria global, conocer la demanda real de cada uno de ellos, lo que posibilita prever, en su caso, dada la antelación, el desdoble de aquéllos que resulten más demandados. Conviene señalar que la determinación de los Grupos a que se dirige cada uno de los Cursos se ha hecho de forma amplia para que puedan concurrir todas aquellas personas que ocupen puestos de trabajo para cuyo desempeño sea de interés el Curso, con independencia de que pertenezcan a un grupo u otro. No obstante y a fin de conseguir grupos homogéneos, para la mayor funcionalidad pedagógica, se tenderá a formar tantos grupos cuantos permita el número total de solicitantes y su distribución por condiciones personales similares.

Debe notarse, asimismo, que los Cursos, dirigidos obviamente a personal con relación permanente con la Junta de Andalucía, están abiertos también a personal con vínculo no permanente. Por otra parte, sin perjuicio de considerarse para la selección de los aspirantes la relación que exista entre el puesto de trabajo desempeñado y el contenido del Curso que se solicita, se prevé también la posibilidad de admitir a quienes lo deseen a Cursos que no tengan relación con su puesto de trabajo, siempre que reúnan condiciones de idoneidad para recibirlos. Con ello se pretende coadyuvar a la movilidad del personal al servicio de la Junta de Andalucía ofreciendo la oportunidad de adquirir formación en áreas o sectores en los que no se hallen encuadrados.

Por último merece destacarse por su singularidad respecto de los demás al Curso de Administración Pública para representantes Sindicales. Con este Curso se pretende profundizar en el conocimiento del funcionamiento de la Administración Pública (su concepto, régimen jurídico, régimen de su personal, etc.) a aquellas personas que, estando al servicio de la Junta de Andalucía, ostentan la representación de su personal. En virtud de lo cual, conforme a lo acordado con los Sindicatos CC.OO., CSIF y UGT, el Instituto Andaluz de Administración Pública ha resuelto realizar la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes bases:

1º) La especificación de cada Curso, Grupo al que va dirigido, lugar de celebración, fecha indicativa, número de plazas, duración, e importe de la matrícula figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

2º) Podrá solicitar la participación en los Cursos programados todo el personal al servicio de la Junta de Andalucía, debiendo hacerlo conforme al modelo de solicitud que figura como Anexo II a la presente Resolución, con los informes que deberán constar en su reverso, conforme lo indicado en dicho Anexo.

3º) Cada solicitante, en el supuesto de que desee participar en más de un Curso, deberá presentar una instancia por cada uno de ellos.

4º) Las solicitudes, deberán dirigirse a la Ilma. Sra. Directora del Instituto Andaluz de Administración Pública, y se entregarán en las Delegaciones de Gobernación de la provincia en que preste servicio el solicitante.

5º) Plazo de admisión: el plazo de admisión de solicitudes para todos los Cursos en los que se desee participar será hasta el 29 de febrero de

1988.

6º) Una vez recibidas las solicitudes, en las Delegaciones de Gobernación, por las Juntas de Personal o los Comités de Empresa correspondientes se procederá a informarlos de acuerdo con las siguientes fechas:

a) Hasta el 20 de marzo, se informarán las solicitudes correspondientes a los Cursos de mayo y junio, remitiéndose al día siguiente por los Delegados de Gobernación al I.A.A.P.

b) Hasta el 20 de abril, se informarán las solicitudes correspondientes a los Cursos del resto del año, remitiéndose igualmente al día siguiente al I.A.A.P. por los Delegados de Gobernación.

La selección de alumnos se efectuará de acuerdo con el siguiente calendario:

a) Antes del 15 de abril, la correspondiente a los Cursos de mayo y junio.

b) Antes del 15 de mayo la relativa al resto de Cursos.

7º) La selección de participantes en cada uno de los Cursos se realizará atendiendo a criterios de proporcionalidad y territorialidad respecto a las distintas Consejerías u Organismos y a la procedencia de las ocho provincias de la Comunidad Autónoma, procurando incluir, mayoritariamente, personas que ocupen puestos cuyas funciones guarden relación con el contenido del Curso y que tengan relación profesional permanente con la Junta de Andalucía.

8º) La selección de participantes se ejecutará por una comisión compuesta por la Directora y el Secretario General del I.A.A.P. o personas en quienes deleguen, un representante de la Secretaría General para la Función Pública, un representante de cada una de las Centrales Sindicales CSIF, CC.OO y UGT y el Jefe del Servicio de Selección y Formación del I.A.A.P. que actuará como Secretario de la misma. Dicha comisión funcionará con el apoyo técnico del personal del I.A.A.P. y podrá invitar a expertos a efectos de asesoramiento.

9º) El I.A.A.P. comunicará individualmente a los admitidos la fecha y lugar de celebración de cada Curso, así como cualesquiera otros extremos en relación con el mismo. Igualmente se comunicará a las respectivas Consejerías, indicando el procedimiento para hacer efectivo el pago de las matrículas que correrá a cargo de las mismas.

10º) El I.A.A.P. se reserva la facultad, en base al número de solicitudes recibidas y a su procedencia, de alterar la Programación que figura en el Anexo I, ampliando o suprimiendo el número de Cursos a celebrar a las sedes en que deban desarrollarse.

11º) A los participantes en los distintos Cursos programados les será expedido el correspondiente Certificado de Asistencia, o en su caso de Aprovechamiento; dicha expedición no tendrá lugar respecto a aquellos alumnos que hayan dejado de asistir, a más del 10% del total de horas lectivas.

Sevilla, 29 de enero de 1988.- La Directora, Carmen Calleja de Pablo.

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