Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 8/11/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 19 de octubre de 1988, por la que se autoriza la supresión de las unidades de Educación General Básica al Centro Privado de Preescolar y Educación General Básica Espíritu Santo de Guadalcanal (Sevilla)

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Examinado el expediente instruido por Dª Mª del Socorro Luque Torres, en su calidad de representante de la Congregación de Misioneras de la Doctrina Cristiana, entidad titular del Centro docente Privado de Preescolar y Educación General Básica "Espíritu Santo", con domicilio en c/ Espíritu Santo nº 30 de Guadalcanal (Sevilla), en solicitud de autorización de supresión de 8 unidades de Educación General Básica para

320 puestos escolares.

Resultando que el mencionado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia correspondiente;

Resultando que dicha Delegación ha elevado propuesta sobre la referida petición, acompañando el preceptivo informe del correspondiente Servicio de Inspección en sentido favorable;

Resultando que el Centro docente Privado "Espíritu Santo" cuyo código es

41002189 no ha recibido subvención alguna por parte de la Administración Educativa o en caso contrario le es debidamente retirada; Visto el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los Centros no estatales que regula, asimismo, el procedimiento de supresión de unidades en los Centros escolares Pivados;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Autorizar, de conformidad con los informes emitidos, la supresión de 8 unidades de Educación General Básica para 320 puestos escolares al Centro docente Privado "Espíritu Santo" de Guadalcanal (Sevilla), con domicilio en C/ Espíritu Santo nº 30, quedando con una composición resultante de 2 unidades de Preescolar (Párvulos) para 80 puestos escolares. Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de octubre de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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