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Iltmos. Sres.:
En el recurso contencioso-administrativo nº 482/86 promovido a instancia de D. Antonio Rojas Gallardo contra Resolución de 18 de diciembre de 1986 de la Consejería de Política Territorial sobre realización de obras en C/ Carcía Fernández, ha sido dictada sentencia por la Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha 18 de julio de 1988, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos: Que estimándose ajustadas a Derecho los acuerdos de 10 de junio de 1985, de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Política Territorial y de 18 de diciembre siguiente de dicha Consejería, desestimamos las pretensiones deducidas contra los mismos por D. Antonio Rojas Gallardo. Sin costas".
Esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Cotencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y lo establecido asimismo, en el Real Decreto 698/79 de 13 de febrero y 1139/84 de 8 de junio, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 15 de noviembre de 1988
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Urbanismo, Delegado Provincial de Sevilla.
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